Alojarse a menos de 250 km de Córdoba no exime de acudir a las elecciones del 23J.

Alojarse a menos de 250 km de Córdoba no exime de acudir a las elecciones del 23J.

La Junta Electoral de Zona de Córdoba ha establecido medidas para asegurar la certidumbre de los ciudadanos en caso de ser seleccionados como miembros de las mesas electorales durante las elecciones generales del 23 de julio. Esto permitirá a los ciudadanos adaptar sus planes vacacionales y tomar decisiones adecuadas en consecuencia.

Según el acuerdo, no se aceptará como excusa válida la estancia el día de las elecciones en un alojamiento vacacional a menos de 250 kilómetros de la ciudad de Córdoba, independientemente de la fecha de contratación. Además, tampoco se aceptará como excusa el hecho de estar en una segunda residencia, ya sea propia o de un familiar.

La JEC ha establecido que solamente se aceptarán las excusas basadas en la contratación de viajes si se demuestra de manera fehaciente que se contrataron con anterioridad al 30 de mayo de 2023 o el mismo día 30 de mayo. La Junta Electoral de Zona tendrá en cuenta las dificultades objetivas que esto pueda suponer para la integración de las mesas electorales en su demarcación.

Los ciudadanos que presenten excusas deberán acreditar documentalmente la debida antelación del contrato del viaje, así como el perjuicio económico o trastorno grave alegado. La JEZ advierte que no acudir a los llamamientos de las mesas electorales puede suponer un delito electoral castigado con prisión de hasta un año según el artículo 143 de la Loreg.

Por lo tanto, la Junta Electoral será muy rigurosa en la persecución de aquellas personas que no cumplan con los llamamientos a las mesas electorales. No cumplir con el deber es una falta grave, y se tomarán medidas para asegurar que aquellos ciudadanos que sí cumplan con su deber cívico no se vean perjudicados por los que no lo hacen.

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Andalucía