SEVILLA, 17 de diciembre. En un movimiento que ha suscitado preocupación, la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha exigido al Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico que revoque la Orden Ministerial emitida el 10 de octubre de 2025. Esta orden establece el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre en un tramo que abarca aproximadamente 118.772 metros, correspondiente a las marismas de Doñana, ubicadas en los municipios de Hinojos y Almonte (Huelva) y Aznalcázar (Sevilla).
El requerimiento, fundamentado en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se inscribe como un paso previo a la posible interposición de un recurso contencioso-administrativo. La administración andaluza ha señalado que su solicitud se basa en una amplia argumentación técnica, científica, histórica y jurídica que cuestiona tanto el procedimiento seguido como el contenido del deslinde aprobado por el Estado.
Entre sus argumentos, la Junta destaca que el nuevo deslinde incluye terrenos que, conforme a la legislación de costas, no deberían ser considerados dominio público marítimo-terrestre. Esto se debe a que estas áreas no experimentan el flujo y reflujo de las mareas ni cumplen la función de defensa del litoral. Además, se señala que esta delimitación se adentra notablemente en el interior de la tierra, abarcando zonas marismeñas que habían sido excluidas en un deslinde anterior de 2021.
En relación a las marismas de Doñana, el requerimiento hace hincapié en que su funcionamiento hidrológico es pluvio-fluvial y no está vinculado a las mareas. Esta afirmación se apoya en una vasta cantidad de literatura científica y técnica producida por la propia Junta, así como por diversas universidades y centros de investigación. La influencia mareal, según se argumenta, se limita a una estrecha franja cercana al cauce del Guadalquivir, sin la capacidad de inundar la totalidad de la marisma debido a un dique natural que se ha formado a lo largo de los siglos.
La Consejería también resalta que esta desconexión de la marisma con el mar no es un fenómeno reciente, sino una realidad que se ha establecido a lo largo de siglos, incluso antes de las intervenciones hidráulicas importantes en el estuario. El documento critica que el estudio técnico que sirvió como base para el deslinde atribuya erróneamente las inundaciones a fenómenos mareales, cuando estos están claramente relacionados con las lluvias y avenidas fluviales.
Asimismo, el requerimiento desafía la interpretación sobre la salinidad de suelos y aguas subterráneas, argumentando que esta se debe a procesos geológicos antiguos y no a una conexión presente con el medio marino. Se especifica que el acuífero bajo la marisma es un sistema confinado, sin relación directa con el océano, y que la presencia de sales en ciertas áreas no justifica su inclusión en el dominio público marítimo-terrestre.
El documento también hace hincapié en la importancia del tratamiento del tramo del brazo arenoso sujeto al deslinde de 2025. La Junta precisa que estas formaciones dunares, a excepción del primer cordón cercano a la playa, han estado estabilizadas durante siglos y no están vinculadas a la dinámica del litoral, lo que implica que no cumplen con los criterios para ser consideradas dominio público marítimo-terrestre.
La administración andaluza destaca que muchos de estos terrenos tienen un extenso historial de usos tradicionales, incluidos la agricultura y la ganadería, y están sometidos a los más altos niveles de protección ambiental al formar parte del Parque Nacional y del Espacio Natural de Doñana. En este marco, la Junta ha afirmado que la expansión del dominio público no aporta garantías adicionales de conservación, sino que crea incertidumbres legales y conflictos patrimoniales innecesarios.
Desde una perspectiva procedimental, se señalan "deficiencias relevantes" en la tramitación del deslinde, como la falta de respuesta a las alegaciones de la Junta durante más de un año y medio y cambios sustanciales en la línea de deslinde que afectan a diversas áreas y vértices. Se subraya que el deslinde afecta a un 56% de las fincas públicas del espacio, incluidas las marismas de Sevilla adquiridas por el Estado en 2006.
El documento concluye que el análisis de campo es crucial para evaluar la adecuación del deslinde propuesto. Además, destaca la ausencia de consulta al Consejo de Participación del Espacio Natural de Doñana, el cual agrupa a diversas administraciones y sectores sociales. Este órgano emitió un informe desfavorable al deslinde, manifestando su queja por la falta de consulta previa.
La consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, Catalina García, ha enfatizado que la Junta ha actuado "desde el principio con lealtad institucional", con el fin de asegurar que la delimitación del dominio público en Doñana se base en criterios técnicos sólidos. Subraya que las decisiones de tal magnitud deben sustentarse en la mejor información disponible y en el conocimiento científico acumulado sobre la marisma.
García ha dejado claro que el requerimiento no cuestiona la protección de Doñana, sino que busca garantizar su conservación a través de un enfoque riguroso y consensuado, evitando interpretaciones distorsionadas de la normativa. Según ella, el deslinde aprobado introduce elementos de confusión que podrían afectar la gestión diaria del espacio natural y la coordinación entre las administraciones.
Finalmente, la consejera ha remarcado que Doñana es un lugar de reconocimiento universal y que cualquier acción sobre su delimitación debe ser producto del diálogo y el respeto a los órganos de participación. Ha declarado que el requerimiento es una herramienta legal legítima para "reencauzar" el proceso y abrir la puerta a una revisión fundamentada en criterios objetivos.
Además, se ha informado que toda esta situación será comunicada a la Comisión Europea, tal como se acordó en el Consejo de Participación del Espacio Natural de Doñana. La Junta de Andalucía exige que el Ministerio anule la orden aprobada o, en su defecto, emita una resolución alternativa que refleje una línea de deslinde ajustada a la realidad geomorfológica, hidrológica y ecológica del área, alineándose así con la legislación vigente y garantizando la adecuada protección de este valioso entorno.
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