Crónica Andalucía.

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Cárcel de 20 años para el homicida de la propietaria del pub en Dalías que ignoró la orden de restricción.

Cárcel de 20 años para el homicida de la propietaria del pub en Dalías que ignoró la orden de restricción.

En un impactoante desarrollo judicial, la Audiencia Provincial de Almería ha dictado una condena de 20 años de prisión a Trinidad G.S., responsable del asesinato de la propietaria del pub 'La Casita' en Dalías. El fatídico suceso ocurrió el 25 de julio de 2023, cuando el acusado, al cruzarse con la víctima en la Plaza del Olmo, le propinó una puñalada en el pecho, desoyendo una orden de alejamiento impuesta debido a incidentes previos.

En su fallo, el magistrado Luis Columna ratificó el veredicto unánime del jurado popular, que halló al acusado culpable de asesinato y de quebrantar la medida que le prohibía acercarse a la víctima. Como consecuencia de su reincidencia, se le impuso además una multa de 24 meses, con un coste diario de seis euros, según se refleja en el fallo judicial que ha consultado Europa Press.

El tribunal también ordenó al condenado cubrir una parte significativa de las costas del juicio, así como someterse a un régimen de libertad vigilada durante ocho años. Este periodo incluye la prohibición de entrar en Dalías y el pago de indemnizaciones que totalizan 485.000 euros, más intereses legales, a los familiares de la asesinada, quienes fueron representados legalmente por los abogados Francisco López Gutiérrez y David Bonilla.

La sentencia subraya que la agresión fue “sorpresiva” y “sin posibilidad de defensa” para la víctima, Mari Ángeles R.G. El magistrado describió cómo, al verla pasar en su vehículo mientras él estaba sentado, el acusado la increpó, lo que llevó a un enfrentamiento verbal. A partir de ahí, estalló la tragedia.

Trinidad G.S. utilizó un cuchillo de cocina de 18 centímetros, que había afilado y ocultado previamente en su pantalón, para asestar la puñalada mortal. En los momentos previos al ataque, la víctima intentó defenderse con un espray anti agresiones; sin embargo, la agresión del acusado fue tan rápida que no le permitió reaccionar adecuadamente.

El magistrado, en sus conclusiones, reafirmó que la víctima no tenía forma de anticipar el ataque, ni siquiera sospechaba que el agresor portara un cuchillo. Esta acción fue calificada como alevosa, subrayando la brutalidad del ataque y la intención del acusado de causar la muerte de la mujer.

El tribunal se alineó con la petición de la Fiscalía, que solicitó la máxima pena inferior de 20 años, describiendo la conducta del acusado como cargada de malicia y odio hacia la víctima. El carácter deliberado y la agresividad del ataque hicieron imposible considerar una condena menor a 15 años.

Los jurados encontraron evidencias claras que probaron un intento deliberado de Trinidad de asegurar la muerte de la mujer, gritando “¡te mato, te mato!” mientras realizaba el ataque. Lamentablemente, la víctima sucumbió casi de inmediato a sus lesiones, a solo unos metros del sitio donde ocurrió la agresión.

Finalmente, el fallo deja abierta la posibilidad de apelación. Además, se confirma que el acusado ya había sido condenado anteriormente el 23 de noviembre de 2022 por otro incidente relacionado con la víctima, que establecía una distancia mínima de 200 metros y prohibía cualquier comunicación entre ambos durante un año. Esto evidencia que, a pesar de conocer la prohibición, Trinidad desatendió la orden el día anterior a los trágicos eventos.