• martes 28 de marzo del 2023

Cinco años menos de prisión a un culpado en Sevilla por violar y matar a una anciana por la ley del "solo sí es sí"

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SEVILLA, 27 Feb.

La Audiencia de Sevilla ha achicado de 12 a siete años de prisión la pena impuesta en 2008 a un varón por una agresión sexual cometida sobre una anciana a la que además de esto asesinó, con lo que su pena global de prisión queda achicada de 27 a 22 años, a cuenta de la app de la novedosa Ley Orgánica diez/2022 de garantía integral de la independencia sexual, famosa como la ley del "solo sí es sí".

En una sentencia emitida el pasado 23 de enero, divulgada por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y obtenida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla aborda un planteo de revisión de una condena impuesta en 2008, frente a la entrada en vigor de la Ley Orgánica diez/2022 de garantía integral de la independencia sexual, tras la que pesan cientos y cientos de revisiones como condena a la baja y sentencias siguientes de las que se han beneficiado los acusados, dada la unificación de los delitos de abuso y agresión en un solo tipo y la máxima de que frente a una colisión entre 2 reglas penales de vigencia temporal diferente, debe aplicarse la pena mucho más conveniente para el reo.

Hablamos de la pena impuesta a José C.C., culpado en 2008 a 27 años de prisión por hurtar, violar y matar a una anciana de 82 años, en su residencia de la ciudad sevillana de Dos Hermanas.

Mucho más al aspecto, la Audiencia precisa que fue culpado a 15 años por el delito de asesinato, a 12 años mucho más de prisión por el delito de agresión sexual y a una multa de 180 euros por una falta de robo, tal como a indemnizar con 30.000 euros a los herederos de la víctima.

La Audiencia señala que el inculpado fue culpado por un delito de agresión sexual de los productos 178, 179 y 180.3 del Código Penal vigente en el instante de la sentencia inicial, con una horquilla de penas de entre 12 a 15 años, merced a la que se le impuso el castigo de 12 años, esto es la pena mínima contemplada.

Al punto, precisa que con la novedosa Ley Orgánica diez/2022 de garantía integral de la independencia sexual, los hechos atribuidos a este varón se encuadrarían en productos que regulan penas de entre 4 y 12 años de prisión y de entre siete y 15 años de prisión, con lo que "aplicando exactamente el mismo método recogido en la sentencia (inicial), procede la pena mínima de siete años según la presente regulación", tal como cinco años de independencia observada articulo penitenciaria y cinco años de inhabilitación para empleo o actividad que implique contacto directo con menores, asimismo de conformidad con la novedosa legislación.

"Asiste a los penados siempre y en todo momento el derecho a la app de la regla mucho más ventajosa, si bien sea en instante posterior a dictarse sus condenas", recuerda la Audiencia, que a dicho efecto mira la condena en el sentido de achicar de 12 a siete los años de prisión por el delito de agresión sexual y de añadir cinco años de independencia observada articulo penitenciaria y cinco años de inhabilitación para empleo o actividad que implique contacto directo con menores.

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