JAÉN, 14 Dic.
La Sección Segunda de la Audiencia de Jaén ha culpado a ocho de prisión a 2 jóvenes, de 29 y 25 años, por violar a una muchacha, de 18 años, a lo largo de las fiestas de Torres de Albanchez (Jaén), en el mes de septiembre de 2017, en el momento en que ella estaba bajo los efectos de el consumo de alcohol. Además de la prisión por el delito de agresión sexual, los condenados van a deber indemnizar a la joven en 45.000 euros por los daños causados.
Aunque en un inicio el Ministerio Fiscal demandaba para los acusados condenas de 12 años de prisión, la sentencia, a la que ha accedido Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), establece que tras la entrada en vigor de la Ley
Orgánica diez/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida popularmente como 'solo sí es sí', se
establece, para las agresiones sexuales del producto 179 del Código Penal, una lástima de prisión de siete a 15 años. En esta situación, el tribunal establece que "procede la imposición de la pena cercana al límite mínimo fijándola en ocho años de prisión".
Incide el tribunal en que "la imposición de la pena de ocho años por cada delito prosigue suponiendo la app de la regla penal mucho más conveniente estimando que el producto 180.1. del Código Penal en su previo redacción contemplaba la pena de 12 a 15 años de prisión por todos los delitos de agresión sexual".
Fue la joven la que en el mes de septiembre de 2017 denunció frente a la Guardia Civil ser violada por 2 jóvenes del pueblo en el que ella estaba pasando unos días de vacaciones. En su relato manifestó que los 2 jóvenes la forzaron a ingresar en una habitación donde consumaron las agresiones sexuales.
Los acusados, a lo largo de su declaración frente al tribunal que les ha juzgado en la Audiencia de Jaén, sostuvieron que ellos 2 como la joven estaban bajo los efectos del consumo de alcohol, pero que eran "siendo conscientes de todo" lo que hacían.
Apuntaron que fue la joven la que les ha propuesto llevar a cabo un trío y para consumarlo fueron a una vivienda con un tercer amigo y su pareja, que era la prima de la denunciante. Mientras ese tercer amigo se metía en una habitación con la prima de la denunciante, los otros 2 se han quedado con la joven en otra habitación.
La versión de la joven difiere del relato de los hechos efectuado por los 2 acusados. Protegida por un biombo declaró que esa noche fue a la vivienda donde sucedieron los hechos por no dejar sola a su prima, si bien ahora en el turismo mandó mensajes a su primo diciéndole que no le agradaba el ámbito con los acusados y que se dirigían a una vivienda. También ha reconocido que ella como su prima habían consumido alcohol.
Una vez que su prima se metió en una habitación con su pareja, ella se quedó, siempre y en todo momento según su versión, con los 2 acusados que han comenzado a tocarla y empujarla hacia otra habitación.
"Me toqueteaban mientras que me empujaban a la habitación", ha dicho la joven, que ha contado de qué manera los 2 jóvenes en teoría se asistieron mutuamente sostenerla y violarla, primero uno y después el otro. "En el momento en que terminaron me dejaron tirada tal y como si no fuese nada", relató la joven.
Los acusados manifestaron que no fue hasta salir la vivienda en el momento en que la joven empezó a decir que la habían violado y que los iba a denunciar con lo que optaron por irse. "Nos asustamos y nos fuimos", ha dicho entre los acusados. La joven terminó llamando a la Guardia Civil y denunciando la violación.
El tribunal cree que "dada la naturaleza beligerante y como es natural sexual del acto efectuado por los acusados, no cabe la mucho más mínima duda de que nos encontramos frente a una agresión sexual beligerante" y donde asimismo se dio la intimidación.
Asimismo, se concluye que "los acusados emplearon la crueldad física para torcer la intención" de la joven, que "en
todo instante se opuso a la realización de cualquier acto de naturaleza sexual, aprovechándose de la restricción parcial de su fuerza gracias a la afectación que padecía por la anterior ingesta de alcohol".
El tribunal entrega "plena y absoluta probabilidad a la denunciante en su relato detallado, exacto y mantenido en el tiempo en lo que se refiere a los hechos fundamentales que recuerda" y que "hace aparición corroborado por multitud de elementos de naturaleza objetiva", entre ellos las lesiones que presentaba la joven y que han quedado acreditadas en el parte médico del hospital.
Además de la pena de prisión y la indemnización, la sentencia impone a los 2 acusados la prohibición de arrimarse o estar comunicado con la víctima a lo largo de cinco años sobre la pena impuesta y otros cinco años de independencia observada.
La sentencia no es estable y puede recurrirse en apelación frente al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).