Crónica Andalucía.

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Condenan a 20 años de prisión en Jaén a hombre por abusar sexualmente de sus sobrinos menores.

Condenan a 20 años de prisión en Jaén a hombre por abusar sexualmente de sus sobrinos menores.

JAÉN, 10 de noviembre.

En un veredicto contundente, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha decidido imponer una pena de 20 años de prisión a un individuo de 55 años, tras ser encontrado culpable de haber abusado sexualmente de forma continua de sus dos sobrinos. Las víctimas, una niña que contaba con edades entre 4 y 5 años y un niño de 10 años en el momento de los primeros abusos, sufrieron agresiones que se extendieron a lo largo de varios años, dejando una huella indeleble en sus vidas.

Los abusos se remontan a 2002, cuando el acusado, en su rol de tío, mantenía una relación de convivencia intermitente con los menores, quienes pasaban fines de semana en su compañía. La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, revela que, en el caso de la menor, el inicio de los abusos sexuales se produjo a una edad extremadamente temprana, aproximándose a los cinco años. La naturaleza de los abusos evolucionó desde tocamientos iniciales hasta violaciones completas, llevadas a cabo sin el consentimiento de la niña y sin la utilización de violencia física, aunque sí apelando a su vulnerabilidad.

Es preocupante el hecho de que la joven nunca revelara lo sucedido, poniendo fin a esta pesadilla alrededor de los 13 o 14 años. Por su parte, el abuso del niño comenzó cuando este contaba con 10 años y extendiéndose hasta que cumplió los 13. Ambos menores, según lo expuesto en la sentencia, permanecieron en silencio sobre su sufrimiento, abrumados por el estigma asociado a los hechos y las manipulaciones psicológicas del acusado, hasta que alcanzaron la mayoría de edad. Fue en septiembre de 2019, cuando finalmente decidieron dar un paso adelante y denunciar a su tío ante la Guardia Civil, con 21 y 23 años respectivamente.

La resolución judicial recalca que, al relatar los episodios de violencia sexual que sufrieron, los menores han demostrado desde el principio un testimonio “persistente, creíble y carente de motivaciones espurias”. Esta claridad en sus relatos ha permitido desvirtuar el principio de presunción de inocencia que ampara al acusado, evidenciando que sus declaraciones fueron corroboradas por otros elementos probatorios que respaldan su veracidad.

Como consecuencia de los hechos probados, el tribunal ha dictado la condena del acusado por dos delitos continuados de abuso sexual con penetración, imponiendo diez años de prisión por cada uno de estos delitos. Además, se le prohíbe comunicar o acercarse a las víctimas durante un periodo adicional de diez años después de cumplir su condena. En cuanto a la compensación económica, el tribunal ha fijado un monto de 30.000 euros en concepto de indemnización por daños morales a favor de la joven, mientras que se ha determinado que el niño recibirá 20.000 euros.