Crónica Andalucía.

Crónica Andalucía.

Consumo insiste en que las empresas muestren precios de descuentos junto a los más bajos en un mes.

Consumo insiste en que las empresas muestren precios de descuentos junto a los más bajos en un mes.

SEVILLA 7 de enero.

Con el arranque de las esperadas rebajas de enero, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha querido hacer un llamado a la responsabilidad y claridad en las ofertas comerciales. Las empresas tienen la obligación de mostrar el precio del producto rebajado de manera "clara y visible", junto con su precio original, evitando cualquier tipo de confusión al respecto. Para que una rebaja sea publicitada, debe tomarse como referencia el precio más bajo registrado en los últimos 30 días como mínimo.

En un comunicado emitido, Consumo enfatiza que lo que se anuncia es de carácter vinculante. De este modo, catálogos, folletos promocionales y anuncios digitales que presenten productos rebajados obligan a los comercios a respetar estos precios y a poseer suficientes existencias de los artículos en cuestión.

Sin embargo, la normativa aclara que no es necesario que todos los productos en un establecimiento estén sujetos a rebajas. Es imperativo que los artículos que sí estén en oferta sean claramente identificables y diferenciados de aquellos que mantienen su precio regular.

Además, Consumo hace hincapié en la Directiva (UE) 2019/2161, del Parlamento Europeo y del Consejo, datada el 27 de noviembre, que trae consigo novedades significativas en la forma de indicar los precios a los consumidores.

De acuerdo con esta Directiva europea, cuando se realiza un anuncio sobre la reducción de precios, se debe especificar el precio anterior que el establecimiento aplicó durante un periodo especificado antes de poner en marcha la rebaja. Esta normativa detalla que el "precio anterior" debe ser el precio más bajo aplicado por el establecimiento durante un plazo que no puede ser inferior a los 30 días previos a la oferta. En otras palabras, el porcentaje de la rebaja se determina sobre el menor precio registrado en los últimos 30 días por el comerciante.

En una reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), se determinó que una popular cadena de supermercados incurrió en prácticas ilegales al promover "falsas rebajas", ya que aplicó disminuciones de precios sobre productos que previamente habían sido aumentados.

Consumo también destaca recomendaciones esenciales para los consumidores durante las rebajas, tales como la importancia de planificar las compras, centrándose solo en lo realmente necesario y evitando adquisiciones impulsivas que puedan resultar en gastos innecesarios. Asimismo, sugiere la comparación de precios y calidades de productos similares en distintos establecimientos y advierte sobre aquellos que estén excesivamente rebajados, ya que podrían ocultar algún defecto.

Por otro lado, se subraya que los comercios no tienen la obligación de aceptar cambios o devoluciones, salvo que el producto presente un defecto de fabricación. Por esto, es crucial que los consumidores se informen previamente sobre las condiciones específicas de cada tienda. Esta normativa no se aplica a las compras realizadas a distancia, como las que se hacen a través de internet, ya que en esos casos el consumidor cuenta con el derecho de desistirse del contrato sin penalización en un plazo de 14 días naturales, salvo en las excepciones estipuladas por la ley.