Crónica Andalucía.

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El Ministerio Público solicita un nuevo juicio para el caso del asesinato de Rocío Cáiz, condenado a prisión permanente revisable.

El Ministerio Público solicita un nuevo juicio para el caso del asesinato de Rocío Cáiz, condenado a prisión permanente revisable.

La Fiscalía ha decidido recurrir la sentencia de prisión permanente revisable impuesta al autor del crimen de Rocío Cáiz, la joven de 17 años de Martín de la Jara. En su recurso de apelación, la Fiscalía argumenta que el veredicto facilitado al jurado popular no incluía la postura del Ministerio Público, que calificaba los hechos como homicidio en lugar de asesinato, y no ve probado el delito de violación. Por lo tanto, solicitan la repetición del juicio con jurado popular celebrado en octubre pasado.

El acusado, Adrian N., de nacionalidad rumana y 25 años de edad, expareja de la víctima, fue condenado a prisión permanente revisable por un delito de asesinato con las agravantes de género y parentesco, y la atenuante de confesión. Además, se le impuso la privación de la potestad del hijo menor que ambos tenían en común, y otras penas accesorias. La Audiencia también lo condenó por un delito de agresión sexual con la agravante de parentesco, el descuartizamiento del cadáver y por hacerse pasar por la víctima en las redes sociales después de asesinarla.

La Audiencia argumentó que, a pesar de la atenuante de confesión, era obligatorio imponer la pena de prisión permanente revisable debido a la gravedad de los hechos y la peligrosidad del acusado. Sin embargo, la Fiscalía considera que la circunstancia de alevosía y la imputación por asesinato no quedaron claras en el objeto del veredicto. Además, argumentan que no existe suficiente evidencia para la condena por agresión sexual, ya que no se encontraron lesiones compatibles con la violación en el cadáver de la víctima.

Por lo tanto, la Fiscalía solicita un nuevo juicio o, en su defecto, una nueva sentencia que tenga en cuenta sus argumentos. Consideran que los miembros del jurado no pudieron pronunciarse sobre el relato de hechos realizado por la acusación pública, lo cual sería una vulneración de los preceptos de la Ley del Tribunal del Jurado. Además, descartan la atenuante de confesión, ya que consideran que el acusado se entregó a la policía bajo presión y persecución policial.