SEVILLA, 15 de noviembre. En un incidente que ha reavivado las tensiones en el caso del asesinato de Marta del Castillo, Antonio del Castillo, padre de la joven, ha expresado su descontento con la reciente resolución de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla. Esta instancia judicial ha rechazado la solicitud de clarificación de la sentencia que exoneró a Francisco Javier García, conocido como El Cuco, así como a su madre, de haber cometido falso testimonio, a pesar de haber sido condenados previamente por dicho delito en el año 2009.
Antonio del Castillo no se ha guardado sus críticas y ha utilizado la red social X para manifestar su frustración: “El nivel de fango que hay en la Audiencia es solo comparable al que deja el paso de una Dana. ¿Cómo es posible que aún declarándose culpables se les absuelva? Y lo hacen con una prepotencia que refleja el poder de estos dioses del Olimpo de toga negra. Así es como se da lugar al amiguismo en el sistema judicial.”
La abogada de la familia de Marta, Inmaculada Torres, había solicitado anteriormente un “complemento” a la resolución judicial con el fin de que se reconociera que El Cuco y su madre admitieron los hechos en el juicio que tuvo lugar en 2011. Este reconocimiento era crucial para la acusación particular realizada por la familia, así como por la asociación Víctimas y Justicia, que actúa como acusación popular.
Sin embargo, la Sección Primera ha respondido argumentando que fueron los abogados defensores quienes solicitaron expresamente que no se leyera el escrito de la acusación particular durante el juicio, ya que los cargos presentados coincidían con los del Ministerio Fiscal. Como resultado de esta decisión, los hechos no fueron considerados probados al no haber sido leídos en el plenario, aunque el tribunal indicó que se mencionaría dicho extremo en la sentencia.
“Por ello, no procede completar los hechos probados de la manera que la parte interesada solicita,” ha señalado la Sección Primera, que considera que tal petición carece de relevancia en el contexto del caso. Esta postura deja claro que el tribunal no ve necesario ajustar el reconocimiento de los hechos a favor de la acusación.
Al insistir en que El Cuco y su madre reconocieron los hechos durante el juicio, la representación legal de los padres de Marta fue respondida nuevamente por la Audiencia, que reiteró que, aunque la sentencia hace mención a ese reconocimiento, no se puede incluir en los hechos probados simplemente porque no se leyó en el tribunal, y su resolución debe concentrarse en el fondo del asunto, no en hechos no disputados.
La Audiencia también subrayó que, en su sentencia absolutoria, se describen de manera errónea ciertos hechos como falsos, pero aclara que esto se ha demostrado a partir de las declaraciones hechas por El Cuco, quien negó haber estado presente en el lugar de los hechos la noche del asesinato y se contradijo al afirmar haber estado con amigos, contradicciones que fueron condenadas en otras instancias judiciales.
El tribunal ha argumentado que no hay lugar para complementar los hechos probados con información sobre las declaraciones de los acusados, ya que eso no aporta a la discusión ni ofrece una relevancia legal suficiente a la petición realizada por la familia. En este sentido, la Sección Primera ha desestimado la solicitud de modificación del contenido de la sentencia, afirmando que no hay claridad oscura o error que corregir.
Adicionalmente, la dirección legal de los padres de Marta solicitó la corrección de un supuesto “error” en la descripción del estado de El Cuco durante su testimonio en 2011. Querían que se dejara claro que en ese momento El Cuco había estado cumpliendo un régimen de internamiento por encubrimiento, lo cual, según ellos, debía influir en la interpretación de su declaración.
Sin embargo, la Audiencia ha declarado que no comprenden a qué error se refiere la parte demandante, pues la situación de El Cuco, al haber declarado en libertad, es clara y está documentada en las grabaciones judiciales. Por lo tanto, no encuentran ningún motivo para modificar su decisión.
Finalmente, el tribunal concluyó que “no es posible realizar ninguna aclaración a la sentencia dictada, ya sea en forma de corrección o complemento, ya que no se aprecia ningún concepto oscuro, ni se ha detectado omisión o error material a rectificar.” Ante la controversia, la sección dejó claro que el Cuco debería haber sido convocado como testigo, aunque confirmó que su situación en el juicio no permite considerarlo un testigo común, dado que ya había sido sentenciado en relación a los mismos hechos.
Respecto a la declaración de la madre de El Cuco, la Audiencia determinó que no indujo a error al tribunal, enfatizando que las declaraciones deben referirse a aspectos esenciales del juicio y no a detalles que no impacten de forma significativa sobre el desarrollo del mismo.
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