Crónica Andalucía.

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El Supremo mantiene pena de 40 años para madre sevillana por prostituir a sus hijos

El Supremo mantiene pena de 40 años para madre sevillana por prostituir a sus hijos

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso de casación presentado por una mujer condenada en Sevilla a casi 40 años de cárcel por prostituir y maltratar a sus hijos menores. La solicitud de reducción de la condena se basaba en la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, la cual ha generado más de mil reducciones de penas por delitos sexuales al unificar los delitos de abuso y agresión en uno solo y priorizar la aplicación de la pena más favorable al reo en caso de normas penales de distinta vigencia temporal.

El Supremo argumenta que la Ley 10/2022 no se considera más favorable, ya que la condenada está cumpliendo una pena de 20 años de cárcel por acumulación jurídica según el artículo 76 del Código Penal. La reducción de la pena solicitada no afectaría a este límite de cumplimiento, según el auto emitido por la Sala de lo Penal del Supremo el 23 de mayo.

La mujer había presentado un recurso de casación contra la decisión de la Audiencia de Sevilla que desestimó su solicitud de revisión de pena en base a la mencionada ley. La Audiencia había determinado que la acusada obligó a sus hijos menores a mantener encuentros sexuales a cambio de dinero, destacando la violencia y explotación a la que fueron sometidos.

La sentencia inicial condenatoria detalla los abusos sufridos por los menores durante varios años, así como el maltrato continuado que recibían de su propia madre. La condenada fue declarada cooperadora necesaria en varios delitos de agresión sexual, prostitución de menores y maltrato habitual, recibiendo un total de 40 años de prisión con un límite máximo de cumplimiento de 20 años.

Tras ser desestimado un recurso anterior de la condenada en 2020, el Tribunal Supremo rechazó nuevamente su solicitud de reducción de pena en base a la Ley 10/2022. La defensa argumentó que esta ley constituía una norma penal más favorable, pero el Supremo determinó que la reducción de pena no afectaría al límite de cumplimiento de 20 años impuesto a la acusada.