SEVILLA, 10 de enero.
En una reciente decisión del Juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla, se ha inadmitido a trámite la ampliación de querella solicitada por los diputados del Grupo Socialista en el Parlamento andaluz. Esta ampliación, presentada en diciembre, estaba relacionada con supuestos contratos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) en los que se habrían utilizado de manera incorrecta los procedimientos excepcionales de emergencia durante la pandemia de Covid-19 en diversas provincias de Andalucía.
La decisión se plasmó en un auto emitido el pasado martes, 7 de enero, que fue revisado por Europa Press y que, aunque todavía no es definitivo, permite la posibilidad de interponer un recurso de reforma y/o apelación contraria a esta resolución.
En el auto se precisa que la representación de los parlamentarios socialistas presentó la solicitud de ampliación de la querella el 5 de diciembre de 2024, la cual se basa en las diligencias previas que se iniciaron por decisión del mismo juzgado en un auto del 1 de octubre del año anterior.
El contenido de esta nueva ampliación revela presuntos "incumplimientos" relacionados con "contratos firmados por diversas plataformas logísticas de contratación o centrales provinciales de compras", que son responsables de la gestión en la contratación de los centros sanitarios en sus respectivas provincias.
El juez que firmó el auto ha determinado que "la competencia para conocer de cada uno" de los contratos aludidos corresponde al Juzgado de Instrucción de la provincia pertinente, puesto que es el lugar donde se toman las decisiones, se formalizan los contratos y, en consecuencia, se generan los efectos legales que les son inherentes.
Además, el juez ha indicado que no se cumple con los criterios de conexidad establecidos en el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), lo que impediría que el juzgado asumiera la instrucción de los nuevos hechos mencionados. Esta situación se debe a que no hay coincidencia en cuanto al objeto de los contratos ni en sus implicaciones, salvo por la posible naturaleza de la contratación de emergencia.
Por lo tanto, el juez ha enfatizado que el juzgado no tiene la competencia para investigar irregularidades a nivel provincial que no estén relacionadas con los servicios centrales del SAS. Asimismo, ha señalado que no hay justificación para que esta instancia judicial asuma ampliamente la ampliación de la querella, dado que no es viable extenderla a toda la contratación ni llevar a cabo una revisión general que no corresponde a sus atribuciones.
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