Crónica Andalucía.

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El TS revoca decisión del Gobierno de excluir a Lucena y Palos (Huelva) de subvenciones para asentamientos.

El TS revoca decisión del Gobierno de excluir a Lucena y Palos (Huelva) de subvenciones para asentamientos.

El Tribunal Supremo ha tomado una decisión importante en relación con las subvenciones públicas otorgadas a los ayuntamientos de Lepe y Moguer, en la provincia de Huelva. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha anulado el acuerdo del Consejo de Ministros que concedió estas ayudas, considerando que fue irregular y excluyó a los municipios más afectados por el problema de los asentamientos irregulares de trabajadores temporeros.

Según el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la Sala ha estimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Lucena del Puerto y ha anulado el Real Decreto que regulaba la concesión directa de estas subvenciones. La sentencia destaca que no se respetaron los principios de objetividad y transparencia en el proceso de otorgamiento de las ayudas públicas.

La decisión del Tribunal Supremo implica que se inicie un proceso de concurrencia competitiva para la concesión de las ayudas destinadas a erradicar los asentamientos de trabajadores temporeros en la provincia de Huelva. Se busca que participen todos los municipios afectados por este problema, sentando las bases para una convocatoria justa y equitativa.

La Administración fue criticada por no convocar un procedimiento de concurrencia entre los municipios afectados y por optar por la concesión directa de las subvenciones. Esta forma de actuar se considera irregular y carece de justificación, ya que se dejó fuera a los municipios con la mayor cantidad de asentamientos y trabajadores temporeros.

La Sala destaca que el Ayuntamiento de Lucena del Puerto, el más afectado por esta problemática, fue excluido de manera injustificada de las ayudas, mientras que se concedieron a municipios con menor número de asentamientos y trabajadores temporeros. Esta distribución irregular de los fondos públicos no respeta la gravedad de la situación en cada municipio.

Finalmente, la Sala concluye que la razón esgrimida por la resolución administrativa para excluir a Lucena del Puerto carece de consistencia y sugiere que la concesión de las ayudas estaba predeterminada a favor de ciertos municipios. Esta decisión judicial busca asegurar una distribución más justa y equitativa de las subvenciones destinadas a resolver el problema de los asentamientos irregulares en la provincia de Huelva.