El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado al Ayuntamiento de Almería por no tomar medidas para detener los ruidos generados por la actividad hostelera y otros servicios en algunas calles del casco histórico, afectando así los derechos fundamentales de los vecinos.
En una sesión plenaria, el concejal socialista Raúl Enríquez ha señalado la falta de acción municipal ante una actividad persistente, a pesar de contar con un plan que no se ha implementado.
El edil ha expresado su descontento por la falta de respuesta a las quejas de los vecinos, lo que demuestra una falta de empatía por parte de la Administración local.
El equipo de gobierno tiene la intención de apelar la sentencia favorable en primera instancia ante el Tribunal Supremo.
La sentencia dicta que el Ayuntamiento ha vulnerado los derechos fundamentales de los afectados, obligando a adoptar medidas legales para evitar que los ruidos superen los límites establecidos.
El tribunal ha concluido que los ruidos son evitables y que la actuación municipal ha sido insuficiente para paliar las molestias.
Además, indica que hay más establecimientos de hostelería en funcionamiento de los permitidos, lo que incumple el plan de acción.
Los informes técnicos reflejan que los ruidos en el interior de las viviendas superan los niveles permitidos, incluso cuando solo dos terrazas estaban en funcionamiento.
El TSJA determina que la falta de medidas por parte del Ayuntamiento vulnera los derechos fundamentales de los afectados y pone en peligro su salud y moral.
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