El TSJA exige a Carboneras corregir la publicación en el BOP sobre El Algarrobico tras objeciones de la Junta.
ALMERÍA, 16 de octubre.
En una reciente decisión, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha instado al alcalde de Carboneras, Salvador Hernández, del partido Ciudadanos (CS), a rectificar en un plazo de diez días el anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). Esta acción responde a los reparos expresados por la Junta de Andalucía, que exige la presentación del "contenido íntegro" de las nuevas normas urbanísticas necesarias para cumplir con una sentencia que restablece la protección de los terrenos donde se ubica el hotel Azata del Sol.
Conforme a una providencia emitida el miércoles y a la cual tuvo acceso Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Granada ha mandado un oficio al alcalde para que, "por la vía más rápida posible", lleve a cabo una nueva publicación que incluya todos los artículos pertinentes de la normativa.
La intención de declarar las tierras de El Algarrobico como no urbanizables y de especial protección mediante esta publicación es un requerimiento anterior del TSJA, orientado a dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal Supremo de 2018 que restituye los niveles de protección originales a los sectores ST-1 y ST-2, el segundo de los cuales corresponde a la zona de El Canillar.
El tribunal ha solicitado que, "en un plazo no superior a diez días", se confirme que se ha realizado la publicación de las normas urbanísticas "ya corregidas" según las observaciones de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, para así validar la ejecución del fallo judicial y asegurar que las regulaciones surtan efecto.
En este sentido, el oficio firmado el 24 de septiembre por el director general de Ordenación del Territorio, José Andrés Moreno, critica el anuncio en el BOP del 22 de septiembre, señalando que la modificación del PGOU de Carboneras para declarar El Algarrobico como no urbanizable no se realizó "en la debida forma".
Desde la Junta, se ha señalado que la publicación se limita a mencionar que tanto el certificado del acuerdo plenario como la documentación técnica están a disposición para su revisión en enlaces dirigidos a la sede electrónica del Ayuntamiento de Carboneras.
Además, el departamento de la consejera Rocío Díaz ha enfatizado la necesidad de publicar el "articulado íntegro" de las normas urbanísticas en línea con la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista) y la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo Local.
La administración regional ha instado a "culminar, por exigencia legal", la divulgación del "contenido íntegro" de la nueva normativa urbanística para garantizar la seguridad jurídica y la plena eficacia de estas regulaciones.
Por otro lado, la Junta ha valorado positivamente que se haya realizado una corrección "satisfactoria" en el planeamiento de Carboneras, reflejando adecuadamente el estatus de no urbanizable de especial protección de los terrenos afectados y corrigiendo los errores materiales presentes en la documentación.
Asimismo, se informó sobre la solicitud del Ayuntamiento de Carboneras para inscribir en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos la documentación técnica aprobada en el pleno del 31 de julio, medida necesaria para acatar la resolución judicial, la cual fue anotada oficialmente el 15 de septiembre.
La sentencia de 2016 del TSJA, que fue confirmada por el Tribunal Supremo en 2018, declaró nula la clasificación urbanística como urbanizable de ambos sectores, ordenando su reclasificación como suelo no urbanizable de especial protección con el grado correspondiente.
El documento aprobado establece el sector ST-1 como suelo no urbanizable con grado de protección C1, asociado a áreas naturales de interés general, mientras que el sector ST-2 se clasifica en categorías de protección B1 y B2, vinculadas tanto a áreas naturales como a zonas seminaturales con usos tradicionales.
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