Exdirector de Trabajo Daniel Rivera procesado por otorgar ayudas a empresas de la Fundación ONCE

Exdirector de Trabajo Daniel Rivera procesado por otorgar ayudas a empresas de la Fundación ONCE

El Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla ha decidido continuar con el procedimiento abreviado contra Daniel Alberto Rivera, ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía. Esta investigación es una pieza separada del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) y se centra en las presuntas irregularidades en las ayudas concedidas por la Junta a Fundosa Ultracongelados y Precocinados S.A. (Fulpresa) y Fundosa Lavanderías Industriales S.A. (Flisa), pertenecientes al grupo de empresas de la Fundación ONCE y su sociedad instrumental Fundosa Grupo S.A., creada para proteger los derechos laborales de las personas con discapacidad.

Según informa el TSJA, el juez José Ignacio Vilaplana considera que podría haber delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental.

El magistrado explica que no se puede responsabilizar ni continuar el procedimiento contra el exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exviceconsejero Agustín Barberá y el ex director general de Trabajo Juan Márquez, ya que estos ya han sido procesados en el procedimiento abreviado relacionado con la concesión ilícita de ayudas por parte de la Junta. Esto sigue el criterio de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla.

Recordemos que Fernández y Barberá están cumpliendo condena de cárcel por su participación en el denominado "procedimiento específico" de los ERE, mientras que la sentencia de prisión de Márquez ha sido suspendida temporalmente por el Tribunal Supremo.

El juez señala que Daniel Alberto Rivera no tiene las mismas circunstancias que sus predecesores en el cargo y destaca que su exclusión de esta causa, al igual que Juan Márquez, no puede ser justificada porque no ha sido juzgado en el procedimiento específico. Por lo tanto, debe enfrentar posibles responsabilidades penales en cada una de las piezas separadas relacionadas con las ayudas específicas en las que participó.

En este caso, el instructor cree que hay sólidos indicios de que, durante su mandato como director general de Trabajo, se realizó de manera injusta y arbitraria el pago de la ayuda ilícita que es objeto de este procedimiento. Esto ha sido confirmado en diversas resoluciones por la Audiencia Provincial.

El juez explica que el hecho de que Rivera propusiera la revisión de las ayudas concedidas a Fulpresa y Flisa en marzo de 2012, mucho después de cometerse los presuntos delitos, no lo exime de responsabilidad penal. La revisión no constituye una circunstancia eximente y, como máximo, podría ser considerada como una atenuante de reparación del daño.

Además, el instructor considera que no se puede trasladar la responsabilidad del investigado al entonces consejero de Empleo, Manuel Recio, o a sus predecesores en el cargo de la Dirección General de Trabajo, o a los responsables de la Intervención General y Delegada, debido a que Rivera ordenó el pago de estas ayudas a sabiendas de la irregularidad del procedimiento y de la falta de supervisión.

Tags

Categoría

Sevilla