JAÉN, 6 de noviembre. Un jurado ha alcanzado un veredicto unánime de culpabilidad por asesinato con alevosía en el caso de un individuo que, en un acto violento de venganza, acabó con la vida de un sacristán en Alcalá la Real, provincia de Jaén, en febrero de 2021. El acusado, quien reconoció haber perpetrado el crimen movido por un deseo de venganza, argumentó que este sentimiento surgió tras ser expulsado de la Iglesia de la Consolación, donde solía mendigar.
Después de un proceso que se extendió por más de tres horas, las nueve personas que conforman el jurado, compuestas por siete mujeres y dos hombres, decidieron condenar a este hombre de 36 años, quien atacó al sacristán utilizando una navaja. Este hecho ha puesto de manifiesto la gravedad de la violencia que se puede gestar a partir de rencores personales en espacios que deberían ser de paz y reflexión.
El veredicto del jurado subraya la postura del Ministerio Fiscal, que se opuso a cualquier atenuante o eximente solicitada por la defensa del acusado, la cual alegaba problemas de salud mental. El jurado, en una decisión clara, argumentó que el acusado no actuó en un estado de enajenación y que su trastorno, denominado "trastorno polimorfo de la personalidad", no le impedía ser consciente de sus acciones en el momento del ataque.
La tragedia comenzó cuando el sacristán, con el objetivo de mantener la seguridad en el lugar de culto durante un periodo de restricciones por COVID-19, recomendó al acusado que se colocara la mascarilla obligatoria para poder acceder a la iglesia. Este simple recordatorio desencadenó los instintos destructivos del imputado, quien más tarde abordó al sacristán en la iglesia y comenzó una brutal agresión con múltiples golpes y puñetazos.
Lo que comenzó como un altercado verbal se convirtió rápidamente en una escena de horror cuando el acusado, armado con una navaja que llevaba oculta, atacó a la víctima, asestándole numerosos cortes en prácticamente todo el torso y en la cabeza. Este ataque fue tan violento que se impidió cualquier posibilidad de defensa por parte del sacristán, de 53 años, que ya contaba con ciertas limitaciones físicas debido a su discapacidad psíquica.
Las lesiones que sufrió el sacristán fueron determinadas por los forenses como extremadamente graves, y, en conjunto, resultaron incompatibles con la vida. La causa de su muerte fue el shock hemorrágico-hipovolémico, que tuvo lugar debido a la serie de puñaladas recibidas en un ataque intempestivo y feroz.
Gracias al testimonio de los testigos que presenciaron el ataque, las autoridades pudieron llevar a cabo la detención del acusado en pocas horas. Desde ese momento, ha permanecido en prisión preventiva, esperando el juicio, y en enero de 2023 se decidió prorrogar su situación de prisión provisional dada la gravedad de los hechos cometidos.
Los testigos afirmaron que el acusado mostraba una calma inquietante durante el ataque, cesando su brutalidad únicamente cuando le informaron que se iba a dar aviso a la Policía. De acuerdo con sus declaraciones, el individuo abandonó el lugar de los hechos caminando con aparente tranquilidad, lo que añade un matiz perturbador a su comportamiento tras el crimen.
Con el veredicto implementado, el Ministerio Fiscal ha reiterado su solicitud de una condena de 20 años de prisión. Además, ha solicitado una indemnización civil de 40.000 euros que debería ser abonada al hermano de la víctima. Por su parte, la defensa del acusado, tras escuchar el veredicto, pidió que éste sea ingresado en un centro psiquiátrico de manera indefinida.
Por último, la condena que se imponga eventualmente por la presidenta del jurado se sumará a la pena de aproximadamente dos años de prisión que el acusado ya había recibido en 2019, por haber apuñalado a un compañero de piso. Esta condena estaba suspendida, bajo la condición de que no cometiera delitos en un plazo de dos años, condición que claramente no cumplió.
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