• lunes 27 de marzo del 2023

La Audiencia de Almería no ve prevaricación y exculpa al alcalde de Viator (PSOE)

img

ALMERÍA, 2 Feb.

La Audiencia Provincial ha absuelto al alcalde de Viator (Almería), Manuel Jesús Flores (PSOE), quien encaraba una solicitud fiscal de 14 años de inhabilitación particular para empleo o cargo publicó por presunta prevaricación, tras acabar que en la adjudicación de las proyectos menores por las que se encontraba acusado solo hubo "puras irregularidades administrativas precisamente subsanables", y que no usó el trámite administrativo de "forma torticera y a propósito de su ilegalidad", de manera "arbitraria" o "en perjuicio del interés público".

El tribunal, que exculpa asimismo a los concejales del aparato de gobierno, resalta que Flores "puso de manera urgente en conocimiento del pleno a fin de que todos quedaran informados y intentaran buscar una solución" la situación en el momento en que el secretario municipal, una vez ahora empezadas las proyectos, emitió el informe donde especificaba que los pactos adoptados "podrían infringir las reglas de la contratación administrativa y que debió haberse empleado un trámite con concurrencia y propaganda y no el de los contratos menores".

"Forma una exhibe exactamente de la clara intencionalidad del acusado", traslada en la sentencia consultada por Europa Press, donde resalta que nuestra denunciante, concejal en la oposición, aseveró en la visión oral haber tenido conocimiento de esas presuntas irregularidades en el pleno que convoco de manera urgente el alcalde socialista pocos días tras emitirse ese informe.

El tribunal señala que las conclusiones que se extraen "de manera clara" de la prueba practicada instantaneamente del juicio es que "ciertamente aparecieron tres proyectos totalmente distinguidas" y que la "intención" tanto por la parte de los causantes del Ayuntamiento que encargaron el emprendimiento como por la arquiecta técnica que lo efectuó "es que se tratase de tres proyectos diferentes desde el primer instante".

Añade que, al tramitarse de manera conjunta, se inició un solo expediente administrativo "sin que quedara completamente claro para los gobernantes que ciertamente tenía que ver con tres proyectos, con lo que trataron administrativamente las proyectos como tres actuaciones o separatas diferentes de un único emprendimiento del que se emitió un único informe técnico en exactamente el mismo expediente".

"Se genera, por consiguiente, una irregularidad administrativa, que consistió, no en otra cosa que gestionar un único expediente en un primero instante, a pesar de que siempre y en todo momento se trató de tres actuaciones distinguidas y que la arquiecta técnica presentó tres proyectos diferentes", traslada la Audiencia Provincial, que añade que "aun resulta incierto que logre atribuirse a los acusados" puesto que es el secretario" es el que escoge montar el expediente, con asistencia del funcionario que le toca".

Resalta, en esta línea, que si resulta "muy incierto" en un caso así contra el alcalde viatoreño "charlar de una resolución administrativa frontalmente contraria" al ordenamiento jurídico, "menos aún se puede charlar que se intente una resolución arbitraria y dictada a propósito de su injusticia".

La sentencia apunta que, examinando la prueba desplegada instantaneamente del juicio, resulta "irrealizable" finalizar que las adjudicaciones se realizaran por los acusados "a propósito" de que podría ser irregulares o ir contra el ordenamiento jurídico y destaca que "de ninguna forma se realizó ningún reparo o observación en este sentido por la parte del secretario del Ayuntamiento que se encuentra en las Juntas de Gobierno donde se acordaron".

El tribunal tampoco descubre "intencionalidad alguna de accionar transgrediendo la ley por la parte de los acusados en la posterior adjudicación de los columpios y el moblaje de entre las proyectos, excluyéndolos del emprendimiento inicial, ni el en hecho de que en otra de las adjudicaciones "por fallo se incluyese un importe levemente superior al precio fijado en el emprendimiento técnico, que según aceptaron todos y cada uno de los acusados se trató de un fallo que más tarde se corrigió".

"La supuesta exclusión en el emprendimiento inicial de ciertas entidades de obra, comprendemos que no puede concluirse que se realizara de manera infundada, ni tampoco puede mantenerse de manera indubitada que la adjudicación durante más de la cantidad cierta en el emprendimiento no se tratase de hecho de un fallo material", concluye.

El Ministerio Público atribuía los acusados un presunto delito continuado de prevaricación por el que pedía 14 años de inhabilitación para cargo o empleo público a cada uno al comprender que hicieron adjudicaciones de proyectos menores "sin gestionar ningún expediente" ni "soliciar informe a la secretaría-intervención" del Ayuntamiento, tal es así que el secretario supo de estas adjudicaciones el día que se realizaron en junta de gobierno local "no logrando, por este motivo, efectuar una fiscalización de estas adjudicaciones antes de su realización".

En un aviso, el letrado Carlos Aránguez, defensa de Manuel Jesús Flores, ha movido que en el juicio puso de manifiesto "que no existía irregularidad alguna, mediante la prueba testifical, reportaje y pericial oportuna" y ha festejado la sentencia absolutoria "con todos y cada uno de los pronunciamientos convenientes, tanto para el alcalde para todos y cada uno de los concejales inmerecidamente acusados".

Según cuenta, los hechos se remontan por año 2017 en el momento en que, con mayoría absoluta, el alcalde fomentó tres actuaciones urbanísticas en el concejo de Viator: la Plaza Candela, la Escalera del Cerro de la Cruz y el Mirador del Cerro de la Cruz.

Añade que en un inicio se aprobó un único crédito presupuestario para estas tres proyectos, que fueron consideradas como un único expediente administrativo, pero más tarde se fraccionaron en tres contratos, cada uno inferior a 50.000 euros, considerándose obra menor.

Estos tres contratos fueron adjudicados en juntas de gobierno los días 9 y 20 de noviembre de 2017, sin que el Secretario del Ayuntamiento manifestara reparo alguno, más allá de ser el garante de la legalidad en los diferentes órganos municipales.

"Sorpresivamente", según la defensa, el 6 de enero de 2018, el entonces secretario del Ayuntamiento de Viator emitió una "dura nota de fiscalización donde cuestionaba la legalidad de tales contratos".

"Por supuesto, todos y cada uno de los integrantes de la empresa municipal fueron informados en el próximo pleno del ayuntamiento, festejado el 29 de enero, por el alcalde, pero la concejal que lidera la oposición y previo regidora interpuso una demanda penal", concluye el comunicado.

Más información

La Audiencia de Almería no ve prevaricación y exculpa al alcalde de Viator (PSOE)