En un reciente desarrollo, la exconsejera socialista de Hacienda Carmen Martínez Aguayo ha obtenido el tercer grado penitenciario tras ser condenada a seis años y dos días de prisión por malversación en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos financiados con fondos autonómicos. Comenzó a cumplir su condena el pasado 29 de diciembre de 2022 y actualmente se encuentra asignada al centro de inserción social (CIS) de Sevilla, según informes provenientes de fuentes penitenciarias confirmados por la cadena SER y Europa Press.
En medio de esta situación, la Audiencia de Sevilla ha completado los expedientes relativos a las solicitudes de indulto presentadas por el ex presidente socialista de la Junta de Andalucía, José Antonio Griñán, y siete ex altos funcionarios más condenados a prisión por malversación en este caso, incluida la exconsejera Martínez Aguayo. Estos documentos, junto con informes correspondientes, han sido remitidos al Ministerio de Justicia para que tome una decisión al respecto.
La decisión sobre el indulto de ocho ex dirigentes socialistas de la Junta de Andalucía, entre ellos José Antonio Griñán, Antonio Fernández, Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Agustín Barberá, Jesús María Rodríguez Román, Miguel Ángel Serrano y José Antonio Viera, estaba en manos de la Sección Primera de la Audiencia.
En esta lista se incluyen las penas de prisión de los condenados, siendo destacable la situación de Griñán cuya pena está suspendida debido a su estado de salud y la de Viera que ya goza del tercer grado penitenciario al igual que Martínez Aguayo.
Además, el ex director general de Trabajo de la Junta de Andalucía Juan Márquez, condenado a prisión en este caso, espera una decisión del Tribunal Supremo sobre su petición de indulto luego de que se redujera su pena de cárcel a tres años. Esta sentencia inicial fue modificada parcialmente por el Supremo tras condenar a la inhabilitación o cárcel a 19 ex altos cargos socialistas.
La Fiscalía ha expresado su opinión respecto a las peticiones de indulto, argumentando que no se justifica la conmutación parcial de las penas impuestas, ya que los delitos cometidos representan corrupción política y un claro abuso de la función pública. Asimismo, destaca que la malversación realizada durante el mandato de estos condenados superó los 427 millones de euros en ayudas ilegales, lo cual refuerza la necesidad de una respuesta punitiva adecuada.
En este contexto, la sentencia del Tribunal Supremo ha definido la condena por malversación como un acto de corrupción política, dejando claro que la integridad y la honestidad no fueron respetadas durante el ejercicio de estas funciones. La gravedad de los delitos cometidos invalida la petición de indulto parcial, según argumenta la Fiscalía.
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