Crónica Andalucía.

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La Junta destina más de un millón de euros para la compra de papeletas y sobres para las elecciones andaluzas de 2026.

La Junta destina más de un millón de euros para la compra de papeletas y sobres para las elecciones andaluzas de 2026.

SEVILLA, 17 de noviembre. La Junta de Andalucía, a través de su Consejería de Presidencia, ha anunciado la apertura de un concurso público para la adquisición de papeletas, sobres y otros impresos necesarios para las elecciones autonómicas de 2026. El valor total del contrato supera el millón de euros, incluyendo impuestos.

Según los detalles proporcionados en la página oficial de la Junta, consultados por Europa Press, el presupuesto estimado asciende a 1.007.420,27 euros. Sin embargo, el costo final de la licitación, también con IVA, es de 1.218.978,53 euros, con un plazo de cumplimiento de dos meses a contar desde la fecha estipulada en el contrato.

La Junta ha indicado que se han tenido en cuenta los precios de adjudicación correspondientes a las elecciones de 2022, las más recientes en Andalucía, y que además se han ajustado según las tarifas de las elecciones europeas de 2024, como ha sido informado por el Ministerio del Interior del Gobierno de España.

Este contrato tiene como propósito principal la fabricación y suministro de las papeletas y demás materiales impresos requeridos para dichos comicios, así como su distribución en las ocho provincias de la comunidad andaluza, abarcando las Delegaciones del Gobierno y las oficinas del censo electoral.

El documento justificativo subraya que la necesidad de este suministro se deriva del ciclo electoral normal que culmina en junio de 2026 y la correspondiente convocatoria de elecciones al Parlamento de Andalucía, conforme a las normativas establecidas en el Decreto 344/2011.

Asimismo, se aclara que, aunque el total de materiales a producir no se puede determinar con antelación debido a variables como el número de mesas electorales y electores, así como las candidaturas que se presenten, se procederá conforme al artículo 16.3.a) de la Ley de Contratos del Sector Público, habilitando así al adjudicatario a entregar los bienes de forma escalonada según las necesidades de la Administración.

Las especificaciones técnicas de este suministro se establecerán en los pliegos correspondientes, en los que se tendrán en cuenta las recomendaciones de la Junta Electoral Central y otras entidades sobre la materia electoral.

El adjudicatario tendrá la obligación de proporcionar las papeletas y documentos necesarios de manera continua y a un precio unitario, sin que se defina el total exacto al momento de la celebración electoral, dado que las entregas dependerán de las necesidades especificadas por la Administración.

El proceso de adjudicación, que no contempla la división del contrato en lotes, se realizará considerando múltiples criterios enfocados en la mejor relación calidad-precio y la efectividad del suministro, evaluando aspectos técnicos y estéticos, así como la accesibilidad y estrategias de comercialización que aseguren la entrega efectiva del material.

Además, se valorará la asistencia técnica y condiciones de entrega, incluyendo plazos y compromisos de reposición relacionados con la seguridad y la eficacia del suministro.

La memoria justificativa señala que la naturaleza urgente y crítica del contrato requiere que la empresa seleccionada cuente con una estructura sólida capaz de cubrir los costos asociados a la producción y entrega de materiales en tiempo y forma, asegurando la confidencialidad y la integridad del proceso electoral.

Cabe mencionar que el adjudicatario deberá implementar medidas para minimizar su huella de carbono y presentar un certificado correspondiente emitido por la autoridad ambiental competente.

Por último, el documento advierte que, en caso de disoluciones anticipadas del Parlamento o cambios imprevistos en la fecha de las elecciones, el contratista asumirá los riesgos relacionados con modificaciones en la fabricación y entrega conforme a las directrices de la Secretaría General de Interior. Se especifica que ninguna modificación del contrato conllevará costos adicionales, siendo las cantidades orientativas estables en cualquier circunstancia.