La nueva Ley de Función Pública entrará en vigor el 14 de diciembre, según el BOJA.

La nueva Ley de Función Pública entrará en vigor el 14 de diciembre, según el BOJA.

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado este miércoles 14 de junio la nueva Ley de Función Pública, aprobada el pasado 31 de mayo por el Parlamento, la cual sustituirá a la norma vigente desde 1985, aunque su entrada en vigor al completo no será efectiva hasta dentro de seis meses, es decir, el 14 de diciembre.

La nueva norma, que salió adelante hace dos semanas en la Cámara autonómica con los votos del PP-A y el PSOE-A, y el rechazo de Vox, Por Andalucía y el Grupo Mixto-Adelante Andalucía, se estructura en 181 artículos, distribuidos en 13 títulos, 37 disposiciones adicionales, trece disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales.

Aunque su entrada en vigor se fija para dentro de seis meses, la disposición final cuarta, consultada por Europa Press, adelanta a este jueves 15 de junio la efectividad del título IX, que regula los aspectos relativos al acceso al empleo público y a la adquisición y pérdida de la relación de servicio, además de ocho disposiciones adicionales y una disposición final.

Así, entran en vigor este 15 de junio diversas disposiciones relativas a la tramitación electrónica, la especialidad en la promoción al Subgrupo C1, las medidas dirigidas al control de la temporalidad en el empleo público, las Unidades Administrativas de Apoyo Temporal y de Servicios Comunes de la Administración de la Junta de Andalucía, entre otras.

Igualmente cobra efectividad a partir de este 15 de junio una modificación de Ley de Salud de Andalucía que da cuatro meses de plazo al SAS para habilitar la "convocatoria de procesos selectivos específicos por el sistema de concurso para impulsar la incorporación urgente, estable y permanente de personal a puestos de difícil cobertura" y concede a los profesionales del sistema sanitario público "la consideración de autoridad pública" con la "protección reconocida a tal condición por la legislación vigente".

La norma tiene como objetivo "actualizar la regulación de la función pública de la Junta, en el marco de la legislación estatal de carácter básico" entre otros avances, implementar la carrera profesional horizontal. La ley además, pretende "atraer, desarrollar y retener el talento humano" y "establecer criterios estratégicos que permitan procedimientos de provisión y movilidad más ágiles".

La "novedad esencial" de la ley es la regulación de las funciones que corresponden a las diferentes clases de personal empleado público y se determina por primera vez, en Andalucía, quiénes son el personal directivo público profesional. Por otro lado, esta ley también establece como novedad, en lo que respecta a la jornada de trabajo y horarios de los trabajadores de la función pública, la "posibilidad del desempeño de las funciones del puesto de trabajo de forma no presencial o a distancia, cuando su contenido competencial lo permita, así como la necesaria desconexión digital".

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