En una decisión del presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, se determinó que las nuevas sentencias relacionadas con los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares y las ayudas arbitrarias, requeridas por el Tribunal Constitucional (TC) a la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, serán dictadas por las magistradas Pilar Llorente y Encarnación Gómez Casielles, las únicas dos personas del tribunal original que siguen en activo en la Justicia pública, ya que el magistrado Juan Antonio Calle Peña se encuentra jubilado.
El acuerdo del presidente del TSJA fue adelantado por la Cadena SER y emitido el 8 de julio. En este acuerdo, Lorenzo del Río expone que, ante la ausencia e imposibilidad de Calle Peña, las nuevas sentencias serán dictadas por las dos magistradas que asistieron a la vista, previa autorización de actuación para Gómez Casielles que se encuentra fuera del ámbito del TSJA.
Por tanto, Pilar Llorente y Encarnación Gómez Casielles serán las encargadas de emitir las nuevas sentencias derivadas de la decisión del TC de estimar parcialmente los recursos de amparo de los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, anulando las condenas previas y ordenando nuevas resoluciones.
El expresidente Griñán fue condenado en 2019 a seis años y dos días de cárcel por malversación y a 15 años y dos días de inhabilitación por prevaricación, mientras que Manuel Chaves recibió una condena de nueve años de inhabilitación por prevaricación. Estas penas fueron confirmadas por el Supremo en 2022 al desestimar sus recursos de casación.
El TC, en una votación de siete a favor y cuatro en contra, ha estimado parcialmente los recursos de amparo, anulando las sentencias condenatorias y ordenando nuevas resoluciones, incorporando los fundamentos aportados por el tribunal.
En sus decisiones, el TC considera que tanto la Audiencia de Sevilla como el Supremo incurrieron en interpretaciones erróneas al imponer las condenas por prevaricación a los expresidentes. El TC argumenta que no se puede calificar la aprobación de anteproyectos de ley de presupuestos como resoluciones recaídas en un asunto administrativo, como se consideró en las decisiones anteriores.
En el caso de Griñán, el TC también cuestiona la malversación atribuida, argumentando que no se puede demostrar con certeza que haya intervenido con conocimiento de causa en la disposición de fondos no previstos. El TC destaca la importancia de respetar la presunción de inocencia en este caso.
En resumen, el presidente del TSJA ha designado a las magistradas Llorente y Gómez Casielles para dictar las nuevas sentencias en relación a los ERE irregulares y las ayudas arbitrarias, tras la decisión del TC de anular las condenas previas a los expresidentes de la Junta de Andalucía.
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