Granada, 23 de noviembre. En un fallo significativo, el Consejo Consultivo de Andalucía ha apoyado la decisión del Servicio Andaluz de Salud (SAS) de no indemnizar a una mujer que solicitaba 125.000 euros después de haber quedado embarazada a pesar de haberse sometido a una ligadura de trompas.
La paciente se sometió a este procedimiento en el Hospital Universitario Virgen de las Nieves de Granada el 19 de noviembre de 2016. A pesar de la intervención, la mujer experimentó un embarazo no deseado que culminó en el nacimiento de su hija el 2 de marzo de 2020. Este hecho ha suscitado un debate sobre la efectividad de los métodos anticonceptivos permanentes.
La mujer argumentó que no fue informada adecuadamente sobre la posibilidad de que el procedimiento pudiera fallar y también alegó la existencia de defectos en la intervención que derivaron en el nacimiento de su última hija. Su decisión de someterse a la ligadura de trompas fue impulsada por las complicadas circunstancias económicas que atravesaba su familia, ya que buscaba evitar otro embarazo.
Sin embargo, el Consejo Consultivo ha desestimado las afirmaciones de mala praxis, indicando que no existen datos que sugieran un fallo en la ligadura de trompas. Según un dictamen médico, la asistencia sanitaria brindada a la paciente fue "correcta y adecuada", dado que quedó embarazada aproximadamente 30 meses después de la realización del procedimiento, lo que indica que, efectivamente, el método anticonceptivo cumplió su función durante ese período.
Además, se señaló la posibilidad de que, debido a un fenómeno conocido como recanalización, una o ambas trompas de Falopio recobren su permeabilidad, lo que puede resultar en el fracaso del método anticonceptivo. Los informes médicos presentados al expediente subrayan que la ligadura de trompas no ofrece una garantía absoluta de esterilización en todos los casos, dado que la naturaleza humana puede permitir la restauración de la función normal de los órganos intervenidos.
En lo que respecta a la queja sobre la falta de información, tanto los servicios médicos que atendieron a la paciente como el propio Consejo Consultivo discrepan de esta afirmación. El documento de consentimiento informado, según se detalla, contenía la advertencia de que la ligadura de trompas no tiene una eficacia del cien por cien.
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