Los once implicados aceptarán de esta manera las indemnizaciones que Renfe debió abonar al pasaje por incumplir el deber de puntualidad
MADRID, 24 Oct.
Un juzgado de Madrid ha culpado a once hombres que festejaban una despedida de soltero dentro de un AVE Madrid-Málaga a abonar a Renfe 7.676 euros, a razón de 697,82 euros cada uno de ellos, por el retardo que provocaron al negarse a dejar el tren en la estación de Córdoba tras actuar "de forma desmandada" en la cafetería del tren.
Según informó este lunes el operador ferroviario, el Juzgado de Primera Instancia número 43 de Madrid ha estimado la demanda interpuesta por Renfe y condena a estas once personas a abonar íntegramente a la compañía los 7.676 euros que debió abonar a 216 pasajeros en término de indemnización por incumplir su deber de puntualidad, ya que el AVE llegó a Málaga con 23 minutos de retardo.
Los hechos sucedieron el 6 de julio de 2018, en el momento en que los once jóvenes implicados, que festejaban una despedida de soltero dentro del AVE Madrid-Málaga, "alteraron de forma poco a poco más intensa el orden en el tren, chillando, cantando y pegando las paredes del tren, realizando ni caso de las advertencias y llamadas de atención del personal de Renfe".
Ante este accionar, el interventor, en virtud del producto 90 del Reglamento del Sector Ferroviario, que le permite para apear a los pasajeros que alteren el orden o pongan en riesgo la seguridad del transporte, solicitó a Seguridad de Renfe el desalojo del conjunto.
Una vez llegado el tren a la parada que se realiza en Córdoba, donde pausa la marcha 15 minutos, "los demandados aprovecharon para escalar de forma determinante su celebración especial en la cafetería del tren, donde estaban tomando, bailando, cantando y chillando a todo volumen y de forma completamente desmandada", apunta la sentencia.
Tras la negativa de estas personas a dejar el tren, el interventor debió llamar a la Policía Nacional y fue una dotación de este Cuerpo la que logró al final que los once implicados bajaran del tren. En este sentido, la sentencia considera acreditado que lo que determinó la demora fue "la necesidad del auxilio de la Policía Nacional para conseguir que los codemandados bajaran del tren".
Por ello, el Juzgado cree que la compromiso civil de los demandados quedó acreditada y exonera de concurrencia de culpas a Renfe, ya que no está "obligada a contratar personal de seguridad, ni puede cerrar la cafetería en perjuicio de otros pasajeros, ni puede saber, al mismo tiempo en que se consigue un billete de tren, si los pasajeros tienen intención de festejar algún acontecimiento dentro del AVE".
En el acto de juicio, Renfe ratificó la certificación de los billetes devueltos y su importe, que ascendió a 7.676 euros. El fallo establece una condena caritativa entre los once competidores en la despedida de soltero por cuestiones de seguridad jurídica y dada la interdependencia de las formas de proceder.
Renfe ha asegurado en un aviso ser siendo consciente del aumento que se ha producido de este género de desplazamientos en los trenes AVE en los últimos años y de los problemas que el accionar de ciertos conjuntos crea al resto del pasaje.
"La compañía se mostró y se marcha a proseguir exponiendo contundente con los hábitos que alteren el viaje", ha asegurado Renfe, que ha añadido que recurrirá a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el momento en que se generen casos graves de perturbación del orden público y denunciará esos hábitos y sus secuelas sobre el resto del pasaje y sobre nuestra compañía frente a los tribunales.