Crónica Andalucía.

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Policía condenado por atropellar a propio perseguidor mientras huía tras cometer un delito atroz en Écija.

Policía condenado por atropellar a propio perseguidor mientras huía tras cometer un delito atroz en Écija.

Un agente de la Policía Nacional tuvo que realizar tres disparos dirigidos a las ruedas de un vehículo todoterreno en un intento de detenerlo. Este hecho ocurrió en Écija, donde un varón fue condenado por atentar contra la autoridad al atropellar al agente que le perseguía. El acusado estaba siendo buscado por supuesta agresión sexual a su hija. La Audiencia de Sevilla ha confirmado la sentencia previa que condena al hombre a tres años de prisión, añadiendo la agravante de reincidencia y la atenuante de grave adicción a sustancias estupefacientes.

En una sentencia emitida el pasado 17 de julio y recogida por Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla aborda un recurso de apelación presentado contra una sentencia anterior del Juzgado de lo Penal número ocho. Además de la condena de tres años de cárcel, el acusado deberá pagar una multa por lesiones leves y compensar con 387 euros al agente afectado.

Según los hechos probados, el acusado fue localizado por la Policía Nacional cuando circulaba con un vehículo todoterreno en la avenida del ferrocarril de Écija. A pesar de que los agentes intentaron detenerlo, el hombre emprendió una veloz huida. Durante la persecución, el vehículo policial tuvo que realizar maniobras evasivas para evitar ser embestido por el acusado en el kilómetro 2,000 de la carretera en dirección a Cañada Rosal.

Debido a una avería en el vehículo policial, los agentes se bajaron del mismo. En ese momento, el encausado pasó frente a ellos, ignorando las órdenes de detenerse y dirigiendo el vehículo hacia los agentes. El resultado fue el atropello de uno de ellos, quien se vio obligado a disparar tres veces a las ruedas del vehículo en un intento de detenerlo. A pesar de ello, el acusado logró continuar su huida, dejando al agente con lesiones como una contusión costal derecha y tendinitis postraumática.

El agente afectado presentó el recurso de apelación, argumentando una aplicación inadecuada de la atenuante de grave adicción a sustancias estupefacientes. Solicitó que no se aplicara dicha atenuante y que la condena fuera de cuatro años y seis meses de prisión por el delito de atentado con la agravante de reincidencia, así como una pena de dos meses de multa por lesiones leves.

Sin embargo, la Audiencia advierte que la Ley de Enjuiciamiento Criminal prohíbe agravar una sentencia condenatoria debido a errores en la apreciación de pruebas. Por lo tanto, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla desestimó el recurso del agente y confirmó plenamente la sentencia condenatoria en los términos iniciales.