HUELVA, 12 de noviembre. La Dirección General de Pesca, Acuicultura y Economía Azul ha tomado la decisión de clausurar la pesquería de coquina (Donax trunculus) en todas las áreas productivas del golfo de Cádiz. Esta medida responde a la escasez del recurso y a la necesidad de proteger a "los numerosos reclutas hallados" en la zona.
Según la resolución publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el pasado 4 de noviembre, consultada por Europa Press, los estudios de seguimiento realizados por la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía (Agapa) y el Instituto Español de Oceanografía (IEO-CSIC) han demostrado que la situación de la coquina se ha mantenido "por debajo de los umbrales de rendimiento medio de captura", resultando en una situación considerada insostenible para el recurso.
A pesar de ello, los informes más recientes presentan un dato alentador: se ha detectado un aumento significativo en el reclutamiento de coquinas, lo que refuerza la necesidad de implementar el cierre de la pesquería. Esta decisión busca no solo proteger a los reclutas, sino también abordar la actual falta de recurso disponible.
En consecuencia, la Consejería competente ha oficializado el cierre formal de la pesca de coquina, el cual entró en vigor el 10 de noviembre. Esta prohibición afecta a los mariscadores profesionales, quienes ya no están autorizados para capturar esta especie por "causas de fuerza mayor", y se mantendrá la restricción para los rastros remolcados.
Además, se ha prohibido la captura, el mantenimiento a bordo, el trasbordo, el desembarque y la comercialización de coquinas obtenidas en las zonas de producción del golfo de Cádiz. Los ejemplares de esta especie que sean accidentalmente capturados deberán ser devueltos al mar de inmediato.
La normativa detalla que la Orden de 20 de julio de 2023 establece un Plan de Gestión para la coquina en el golfo de Cádiz, regulando medidas técnicas para alcanzar "niveles de rendimiento máximo sostenible", alineándose con las directrices de la Unión Europea.
Conforme al artículo 3.1 de esta orden, se considera que la coquina se encuentra dentro de límites biológicos seguros cuando la captura total anual no supera el Rendimiento Máximo Sostenible, y se respetan los umbrales establecidos en cuanto a captura y reclutamiento.
Asimismo, el artículo 3.2 permite que la Dirección General del marisqueo ajuste anualmente los puntos de referencia biológicos basándose en estudios de evaluación científica.
Si la captura total anual supera lo establecido, el artículo 4.1 indica que se procederá al cierre de la pesquería para el resto de la campaña pesquera. Además, la disposición en el artículo 4.5 garantiza un cierre automático de la pesquería en las zonas de producción cuando la media de captura de coquinas caiga a niveles críticos, hasta que se cuente con los estudios que respalden la reanudación de la actividad pesquera.
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