En Córdoba, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha dictado una sentencia contundente, condenando a tres años y un día de prisión a una mujer por abusar sexualmente de un menor de 12 años. Los hechos ocurrieron en una vivienda de la capital, donde la acusada convivía con el joven y su madre.
La decisión judicial, que puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, considera a la acusada culpable de un delito continuado de abuso sexual a menor, incluyendo agresiones por vía vaginal y bucal. La sentencia reconoce una atenuante significativa debido a las dilaciones en el proceso judicial.
Como parte de la condena, se le impone además la prohibición de acercarse o comunicarse con el menor por un periodo de cuatro años y un día, junto con cinco años de libertad vigilada. Asimismo, deberá someterse a una inhabilitación especial de seis años y un día para cualquier trabajo que implique contacto directo con niños, de acuerdo a lo señalado por el TSJA.
La mujer deberá compensar al menor con 9.000 euros por daños morales. La solicitud de la acusación de que también se indemnizara a los padres fue denegada, al determinarse que no se había probado ningún perjuicio emocional que sufrieran por este caso.
Durante el juicio, la Fiscalía y la acusación particular habían solicitado una pena de 12 años de cárcel. Sin embargo, los magistrados de la Audiencia consideraron que el testimonio del menor, que vivió con la acusada desde marzo de 2020, se ajustaba a la veracidad de los hechos, aludiendo a relaciones sexuales que ocurrieron bajo la intimidad del hogar familiar.
Un auto del 15 de septiembre de 2020 estableció medidas cautelares que prohibían a la acusada acercarse o comunicarse con el menor. La Sección Tercera enfatizó que el testimonio de la víctima cumple con los requisitos jurídicos que permiten considerar que se vulneró su derecho a la presunción de inocencia, corroborado por la evaluación de psicólogas especializadas.
Los jueces resaltar que el testimonio del joven es congruente y veraz, y refleja la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba, especialmente cuando la acusada se quedaba sola con él durante la noche.
A pesar de que la acusada negó las acusaciones, los magistrados indicaron que la madre del menor no estaba presente durante los momentos en que ocurrieron los abusos, lo que dejaba al niño en una situación de considerable vulnerabilidad.
La sentencia subraya que la acusada era plenamente consciente de la juventud del menor al mantener relaciones sexuales con él, quien, a su corta edad, no tenía la capacidad de entender la gravedad de lo que sucedía. Esto evidencia un notable desequilibrio de poder entre ambos y resalta la confianza que el menor depositaba en ella.
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