TSJA reduce condena a abusador infantil en Sevilla por ley de consentimiento afirmativo

TSJA reduce condena a abusador infantil en Sevilla por ley de consentimiento afirmativo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado la condena impuesta a un varón por abusar sexualmente de la hija menor de edad de su pareja. La Audiencia de Sevilla le había impuesto diez años de prisión, pero el TSJA ha reducido la pena a nueve años y un día de cárcel. Esta decisión se basa en la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, que unifica los delitos de abuso y agresión en un solo tipo y establece que debe aplicarse la pena más favorable para el reo en caso de colisión entre dos normas penales de vigencia temporal diferente.

El caso se remonta a los años 2013 a 2015, cuando el acusado mantenía una relación sentimental con una mujer y convivía con ella y su hija menor de edad en Sevilla. Durante ese período, el acusado abusó sexualmente de la menor de manera continuada, realizando tocamientos, masturbándose delante de ella y manteniendo relaciones sexuales completas.

El TSJA desestimó el recurso de apelación del acusado, argumentando que el testimonio de la víctima era creíble y verosímil, respaldado por un informe psicológico y la presencia de un trastorno adaptativo secundario a la situación vivida. Además, el tribunal consideró que la Ley Orgánica 10/2022 era aplicable en este caso y rebajó la condena a nueve años y un día de cárcel.

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