Crónica Andalucía.

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Vecino de Baena condenado a seis meses de cárcel por agredir a agentes de la autoridad

Vecino de Baena condenado a seis meses de cárcel por agredir a agentes de la autoridad

En un juzgado de lo Penal de Córdoba se ha dictado una condena a un residente de Baena por cometer un delito de atentado y tres delitos leves de lesiones, resultando en seis meses de prisión y la obligación de indemnizar a dos agentes de la Guardia Civil y uno de la Policía Local por las lesiones causadas.

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha brindado asesoramiento legal y representación a uno de los agentes agredidos, quien en el momento del incidente se encontraba realizando sus prácticas en el Puesto Principal de Baena.

De acuerdo con la sentencia, el acusado atacó a los dos guardias civiles que lo custodiaban con patadas, cabezazos y codazos, además de insultarlos y amenazarlos mientras estaba bajo custodia en la sede judicial de Baena en julio de 2022.

Cuando iban a trasladarlo a la Policía Local, el agresor también agredió a un agente con una patada y un escupitajo, además de amenazarlo, continuando con la violencia durante el traslado en el vehículo policial.

El abogado Álvaro Moreno, representante del agente agredido de la AUGC, afirmó que la sentencia incluye la agravante de reincidencia debido a una condena previa en 2022, además de considerar la adicción a sustancias tóxicas como una atenuante, con una indemnización que supera los mil euros para los agentes afectados.

Desde la AUGC se ha destacado la frecuencia de ataques como estos en la provincia, señalando a Baena como una de las zonas con mayor incidencia, y abogando por unas penas más severas y una mayor protección para los agentes de la Guardia Civil.

El responsable de los servicios legales de la AUGC en Córdoba, Francisco Cruz, subrayó la necesidad de considerar el trabajo de los guardias civiles y policías nacionales como profesiones de riesgo, así como proveerles del equipamiento necesario para su defensa, como las pistolas táser.