Jueza deniega participación de los ayuntamientos de Huelva y Punta Umbría en el caso del siniestro de Adamuz.
La magistrada de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Montoro, en Córdoba, ha emitido un auto el pasado 26 de marzo, donde se niega la posibilidad de que los municipios de Huelva y Punta Umbría, el partido Iustitia Europa y el Sindicato Alternativa Ferroviaria (Alferro) puedan actuar como acusación popular en el caso del trágico accidente ferroviario de Adamuz, ocurrido el 18 de enero, que dejó 46 víctimas fatales y más de 120 heridos.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado que la jueza argumentó que los dos ayuntamientos carecen de la legitimación necesaria para presentarse como partes acusadoras. En cuanto a Iustitia Europa, la decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de ciertos requisitos formales, específicamente la carencia de autorización correspondiente para ejercer la acción penal como acusación popular en este procedimiento judicial.
Por su parte, Alferro había presentado una solicitud el 17 de marzo para actuar como acusación particular en una de las piezas del caso, y a la vez solicitaba su exclusión en la pieza correspondiente a las acusaciones populares, lo que llevó a la magistrada a inadmitir su petición como parte popular.
Sin embargo, la jueza ha autorizado la presencia de la acusación popular del Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias, Vox, Asociación HazteOir.org, Sindicato de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (Semaf), Asociación Víctimas de los Políticos y Asociación Liberum. Esta admisión está sujeta a la condición de que cada entidad deba presentar una fianza de 3.000 euros.
La magistrada consideró que esta suma es “proporcionada y adecuada” teniendo en cuenta la gran cantidad de acusaciones populares que han manifestado su interés, la naturaleza del proceso y la urgencia de mantener una adecuada dinámica del mismo, evitando así posibles complicaciones por una excesiva pluralidad de acusadores.
Se ha concedido un plazo de nueve días para que se lleve a cabo la constitución de la fianza de acuerdo con los procedimientos legales establecidos, advirtiendo a los solicitantes que si no cumplen con este requisito en el tiempo estipulado, su personación será desestimada.
Además, como parte de la intención de mantener la eficiencia en el proceso y evitar retrasos innecesarios, la jueza ha señalado que podrán implementarse medidas para coordinar, acumular o unificar las acciones de las acusaciones populares, aprovechando las facultades que posee para dirigir este proceso.
La aceptación de estas entidades se ha justificado por su correcta presentación, la disposición a cumplir con el requisito de la fianza y la ausencia de propósitos inadecuados que desvíen el proceso penal, cumpliendo así con los criterios legales necesarios para su admisión.