Crónica Andalucía.

Crónica Andalucía.

Audiencia de Sevilla solicita nuevo informe forense para determinar prisión de Griñán después de terapia radióloga.

Audiencia de Sevilla solicita nuevo informe forense para determinar prisión de Griñán después de terapia radióloga.

La Audiencia de Sevilla ha emitido una nueva providencia en la que se destaca que, según la nueva documentación aportada por la defensa del ex-presidente socialista de la Junta, José Antonio Griñán, éste ha concluido las sesiones de radioterapia previstas por el cáncer de próstata que alega para reclamar la suspensión de su pena de cárcel. La nueva documentación especifica que después de la radioterapia, el plan de actuación consiste tan solo en tratamiento farmacológico y ejercicios rehabilitadores.

El tribunal ha ordenado un nuevo informe forense para determinar si el tratamiento que le queda es compatible con el ingreso en prisión o no. Este tribunal sigue las peticiones de la instancia a la defensa de Griñán para que aporte todos los informes médicos de los que disponga y así proceder a un nuevo reconocimiento médico por parte del Instituto de Medicina Legal (IML).

Merced a la nueva documentación aportada, según la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, se desprende que ha concluido el tratamiento de radioterapia. La defensa ha indicado que el plan de actuación consiste solo en tratamiento farmacológico y ejercicios rehabilitadores, por lo que se ordena dar traslado de esta documentación al Instituto de Medicina Legal. El Instituto debe informar sobre si el tratamiento que se prescribe es compatible con el ingreso en prisión para resolver sobre la suspensión de la pena de cárcel que se solicita.

La Audiencia pide además que se tenga en cuenta el informe del Centro Penitenciario de Sevilla, que exponía que para la atención médica especializada, disponen de convenio con el Servicio Andaluz de Salud (SAS) para derivar pacientes encarcelados a los servicios especializados de los hospitales Macarena y Virgen del Rocío, incluyendo en el proceso de atención integral acordado los procedimientos terapéuticos tales como sesiones de quimioterapia o radioterapia.

Por otro lado, Agustín Barberá, condenado a siete años y un día de cárcel por malversación en el procedimiento especifico de financiación de los ERE, ingresaba en la prisión de Puerto III de El Puerto de Santa María (Cádiz) para cumplir dicha pena privativa de libertad impuesta por la Audiencia de Sevilla. La misma rechazó finalmente su petición de suspender su pena ante la enfermedad muy grave con padecimientos incurables alegada por el mismo.

A pesar de que el exviceconsejero socialista de Empleo Agustín Barberá padece una enfermedad grave incurable, el tratamiento prescrito al mismo puede ser dispensado en el centro penitenciario con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido, según la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla.