Crónica Andalucía.

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La JEC reconoce a Adelante para debates en RTVE en Cádiz y Sevilla.

La JEC reconoce a Adelante para debates en RTVE en Cádiz y Sevilla.

La Junta Electoral Central (JEC) ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por Adelante Andalucía contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Sevilla. Esta última entidad había decidido excluir a Adelante del plan de cobertura de Radio Televisión Española (RTVE) para las elecciones municipales del 28 de mayo. Según la Junta Electoral Provincial de Sevilla, Adelante no podía ser considerado un grupo político significativo porque no había alcanzado el 5% de los votos emitidos en las últimas elecciones andaluzas. La estimación parcial del recurso permite a Adelante participar en los debates organizados por RTVE en Cádiz y Sevilla. Izquierda Unida y Podemos habían interpuesto un recurso que había desembocado en la exclusión mencionada anteriormente.

La Junta Electoral Central destaca que la inclusión de Adelante Andalucía en los debates planeados por RTVE para las elecciones locales en Sevilla y Cádiz no va en contra de los principios de pluralismo político e igualdad, y por ello se ha revocado el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Sevilla que había excluido a Adelante. Sin embargo, se ha desestimado el recurso en el resto de los aspectos. Este acuerdo puede ser objeto de un recurso contencioso-administrativo contra la Sala Tercera del Tribunal Supremo en un plazo de dos meses desde su notificación.

La Junta Electoral Central ha defendido que considera que "la inclusión en los debates de las ciudades de Cádiz y Sevilla del partido Adelante Andalucía no es contraria a los principios de pluralismo político e igualdad". El organismo electoral ha razonado que esto se debe a que la coalición en la que se integró Adelante en las últimas elecciones autonómicas superó el 5% de los votos y por tanto puede ser considerado un grupo político significativo según la Instrucción de la Junta Electoral Central 4/2011.

En términos jurídicos, la Junta Electoral Central ha justificado su fallo explicando que la Junta Electoral Provincial de Sevilla había sostenido que Adelante Andalucía no podía ser considerado en este proceso electoral como grupo político significativo en el ámbito andaluz porque el partido reconoce que no llegó al 5% de los votos. Adelante, sin embargo, ha invocado en su recurso que había obtenido el 4,58% de los votos y 2 diputados en el Parlamento de Andalucía, y que en Cádiz había logrado el 8,4% de los votos y 1 diputado, mientras que en Sevilla había obtenido el 6,24% y 1 diputado. Además, en la capital sevillana había conseguido el 6,24% de los votos y en la capital gaditana, el 17,61%. Estos datos, según Adelante, le conferían la consideración de grupo político significativo en términos electorales, y por ende permitían su inclusión en el Plan de Cobertura de RTVE.

La Junta Electoral Central ha argumentado que los medios de comunicación tiene la autonomía necesaria para determinar su propia cobertura informativa de una campaña electoral. La Administración electoral solo debe garantizar en tales situaciones que el medio cumple con los principios de pluralismo político, igualdad y proporcionalidad. Por tanto, la Junta Electoral Central ha afirmado que Adelante Andalucía es uno de los partidos políticos que integró la coalición Adelante Andalucía-Andalucistas en las elecciones autonómicas de 2022, pero que no consta que el resto de formaciones políticas que conforman la coalición hayan reivindicado sus derechos electorales derivados de esta. Por lo tanto, se considera que Adelante Andalucía es la sucesora de estos derechos. En resumen, el fallo reconoce los derechos de Adelante Andalucía a participar en los debates de RTVE organizados en Cádiz y Sevilla como un grupo político significativo.