La Audiencia de Sevilla ha emitido un fallo contundente que condena a un individuo a una pena de siete años de prisión por delitos relacionados con la prostitución. Este caso ha llamado la atención no solo por la naturaleza de los delitos, sino también por las circunstancias en las que se han desarrollado los hechos. El condenado, conocido como Alberto B., ha sido hallado culpable de conducir un prostíbulo donde explotaba a una joven de 17 años, a sabiendas de su condición de menor de edad y de que se encontraba bajo la tutela de la Junta de Andalucía tras escapar de un centro de menores.
La sentencia, dictada el pasado 25 de noviembre y publicada por Europa Press, describe la forma operativa de Alberto B., un ciudadano italiano con antecedentes penales que no son contabilizables para efectos de reincidencia. Este individuo administraba un local en Sevilla, el cual tenía acceso directo desde la calle y contaba con varias habitaciones y baños, todo bajo vigilancia por cámaras de video. En este lugar, se ofertaban diversos servicios de prostitución femenina que eran promocionados activamente a través de Internet.
La Audiencia destaca que el acusado mantenía su negocio abierto las 24 horas del día, proporcionando a las trabajadoras no solo toallas y lencería, sino también elementos como profilácticos y productos como viagra, todo diseñado para facilitar el ejercicio de la prostitución. Los testimonios recabados evidencian que el imputado llevaba varios años dedicándose a esta actividad de forma sistemática y organizada.
A lo largo de la sentencia, se pone énfasis en cómo el acusado logró atraer a la víctima, una joven que, tras atravesar dificultades personales y económicas, atendió a una oferta de trabajo publicada por él. La propuesta implicaba que Alberto B. se quedara con el 50% de los ingresos generados, permitiendo a la menor trabajar en su local a pesar de conocer su edad y situación vulnerable.
El fallo expone que entre mayo y junio de 2021, el condenado no solo permitió que la menor trabajara en el local, sino que también le ofreció alojamiento y la instruyó para atender las solicitudes de los clientes que buscaban servicios sexuales. A pesar de su condición de menor y bajo tutela, el acusado facilitó que realizara fotografías sugerentes para publicitarla en su página web, así como que atendiera las llamadas de los clientes interesados en sus servicios.
El relato judicial también revela que, en el momento del ingreso policial en la vivienda operativa el 9 de junio de 2021, se encontraron a la menor junto a otras mujeres en situaciones igualmente irregulares. Todas ellas seguían las órdenes del acusado y se presentaban como trabajadoras de un prostíbulo, aunque no residían en el lugar como inquilinas.
Durante el registro, los agentes hallaron documentos que evidencian la estructura de funcionamiento del establecimiento, incluyendo normas, fichas de trabajadoras y un registro de servicios prestados, con precios detallados que reflejaban la actividad del negocio. No obstante, la Audiencia ha determinado que no hay pruebas de que la menor sufriera agresiones sexuales, detención ilegal o que fuera forzada a consumir drogas por parte de Alberto B.
Como resultado de estos hallazgos, la Sección Tercera de la Audiencia ha absuelto al acusado de los delitos de agresión sexual, detención ilegal y favorecimiento del consumo de drogas, pero ha dictado condena por prostitución lucrativa y corrupción de menores. La pena impuesta incluye tres años de prisión y una multa de 2.700 euros por el primer delito, junto con la obligación de indemnizar a la víctima. Además, por el segundo delito, se le han adjudicado cuatro años adicionales de encarcelamiento y una multa más de 3.240 euros. El tribunal también ha ordenado el cierre definitivo del local y de la página web asociada, así como el decomiso de los bienes vinculados a la actividad delictiva.
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