El Tribunal Supremo confirma 11 años de prisión para el terapeuta que apuñaló a su amigo en El Ejido.

ALMERÍA, 12 de julio.
El Tribunal Supremo ha confirmado una condena de once años de prisión para un terapeuta responsable de la muerte violenta de un amigo, con quien, según se ha revelado, tenía una relación relacionada con el tráfico de drogas. El crimen tuvo lugar en la vivienda de El Ejido (Almería) en julio de 2022, y se produjo tras múltiples puñaladas, una de ellas letal en la cabeza.
El alto tribunal ha rechazado el recurso de casación presentado por la defensa del condenado, argumentando que este no ofreció nuevos elementos y que su apelación repetía afirmaciones ya desestimadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). La sentencia inicial había sido bien fundamentada y respaldada por pruebas que el jurado evaluó adecuadamente durante el juicio.
De acuerdo con la información consultada por Europa Press, la decisión del Tribunal Supremo reafirma la valoración de los hechos que sostiene que el acusado actuó con la intención de matar. Esto se determina no solo por su confesión, sino por el contexto del crimen, ya que utilizó un cuchillo de gran tamaño para infligir tres puñaladas a la víctima, incluyendo una que traspasó su cabeza.
Además, las evidencias indican que el cuerpo de la víctima no exhibía signos de lucha, lo que contrasta con la versión del acusado, quien intentó argumentar que la muerte era el resultado de una altercada violenta. El acusado abandonó el lugar sin ofrecer ayuda a la víctima, que quedó tendida en la cocina con un cuchillo incrustado en la cabeza.
Los detalles del caso indican que, en la fecha del crimen, el condenado se presentó en la casa de la víctima y, tras una discusión, tomó un cuchillo de nueve centímetros y le propinó tres puñaladas: dos en la espalda y una en la cabeza. Como consecuencia, la víctima murió debido a un shock hemorrágico y respiratorio.
El jurado desestimó la hipótesis de que el homicidio se cometió en el contexto de un robo, a pesar de que el acusado tomó el teléfono móvil y las llaves del fallecido. Asimismo, no encontró pruebas que sustentaran una defensa propia, dado que carecían de indicios de forcejeo.
La jueza a cargo del caso enfatizó que solo se encontró ADN del acusado bajo una uña de la víctima, lo que no corroboraba su relato sobre una pelea. Además, los testimonios de los forenses, junto con el informe de autopsia, validaron la conclusión de que las lesiones no resultaron de un accidente.
El jurado también observó que el acusado dejó la escena del crimen sin ayudar a la víctima, dejándola "incomunicada" en un momento en que sabía que su pareja se encontraba de viaje en Marruecos, lo que complicó su localización. Finalmente, fueron los vecinos quienes, alertados por el "mal olor", llamaron a la policía al menos tres días después de los acontecimientos.
Siguiendo lo dictado en la sentencia original, además de la pena de prisión, el condenado deberá cumplir con cinco años de libertad vigilada y pagar una indemnización de 123.000 euros a la pareja de la víctima.
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