Crónica Andalucía.

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La AN acepta el recurso para limpiar Palomares, desoyendo a la Abogacía del Estado.

La AN acepta el recurso para limpiar Palomares, desoyendo a la Abogacía del Estado.

ALMERÍA 11 Ene.

La Audiencia Nacional ha decidido admitir el recurso presentado por Ecologistas en Acción, en el que se busca obligar al Ministerio para la Transición Ecológica (Miteco) a llevar a cabo la descontaminación radioactiva en Palomares, Almería. Este avance se produce tras desestimar los argumentos en contra planteados por la Abogacía del Estado, que ahora se ve obligada a asumir las costas del proceso.

Un auto emitido el 7 de enero, al cual ha tenido acceso Europa Press, sostiene que la Sala de lo Contencioso-administrativo respalda los argumentos de Ecologistas en Acción. Ello se debe a que, en un procedimiento anterior, el mismo tribunal no abordó el fondo del asunto, limitándose a determinar que el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) no tenía la competencia para ordenar la limpieza de Palomares.

La Sala destaca que en el nuevo procedimiento se dirige la demanda contra el Miteco, a diferencia del anterior que correspondía al CSN. Este aspecto es crucial, dado que permite desestimar las alegaciones de "cosa juzgada" presentadas por la Abogacía del Estado, que intentó evitar la admisión del recurso con base en una supuesta decisión previa.

En sus argumentos, el representante del Gobierno también hacía referencia a un Real Decreto-Ley ligado a las consecuencias de la Guerra de Ucrania en 2022. Aunque este tema no guarda relación directa con la limpieza de Palomares, dicho decreto introduce cambios en la Ley de Energía Nuclear. Este cambio, según Ecologistas en Acción, confiere al Miteco, por primera vez, la responsabilidad de limpiar la zona afectada por las bombas termonucleares que cayeron accidentalmente en 1966.

La postura del Gobierno, que aseguraba que la nueva demanda buscaba obtener lo mismo que el litigio anterior, es refutada por la Audiencia Nacional, que opina que este no es un nuevo derecho de petición, sino que procede tras la falta de respuesta del Miteco a las solicitudes hechas de acuerdo al artículo 38 ter de la Ley de Energía Nuclear de 1964.

La Sala concluye que es necesario examinar a fondo el asunto y determinar si se cumplen o no los requisitos establecidos en el mencionado precepto para decidir si corresponde al Miteco asumir la tarea de limpiar el área contaminada.

Ecologistas en Acción ha denunciado que el Ministerio se ha negado a abordar las peticiones para descontaminar la zona mediante "silencio negativo", lo que implica, según su perspectiva, que el departamento dirigido por la ministra Sara Aagesen ha mostrado inacción en su deber de asumir estas competencias.

El renovado artículo 38 ter de la Ley de Energía Nuclear indica que el Miteco regulará la declaración de suelos contaminados radiológicamente, así como la identificación de los responsables de su descontaminación y restauración. Esto incluye disposiciones para la ejecución voluntaria, sin necesidad de una declaración previa de contaminación, y para su ejecución tras tal declaración.

La organización ecologista también subraya que, a la luz de la consideración jurídica actual de Palomares, sus habitantes están expuestos a una radiactividad que se cuantifica en 1 mSv/año, lo que equivale a recibir diez radiografías de tórax al año. Sin embargo, dado que se trata de un caso de exposición prolongada, sus habitantes enfrentan una dosis legalmente permitida de 20 mSv/año, correspondiente a 200 radiografías al año, es decir, cuatro radiografías semanales.

Ante la inacción del Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico, Ecologistas en Acción decidió llevar su demanda a los tribunales al ver que sus requerimientos para que se establezca un plazo para la implementación del Plan de Rehabilitación no habían sido atendidos.

El colectivo conservacionista tomó esta iniciativa en febrero pasado, coincidiendo con el 58 aniversario de la caída accidental de cuatro bombas termonucleares en la pedanía. A pesar de los años transcurridos, señalan que la situación sigue sin cambios. En septiembre, la Audiencia Nacional admitió su demanda, aunque la Abogacía del Estado intentó impugnar su admisión, cuestión que ahora queda zanjada.

Este es el segundo recurso presentado ante la Audiencia Nacional para forzar un plazo que garantice la limpieza del área y la resolución temporal relacionada con el almacenamiento del material radiactivo. En un fallo anterior, se determinó que el CSN no tenía competencias para dictar las decisiones solicitadas por Ecologistas en Acción, aunque no se especificó cuál órgano debía encargarse de la situación.