
La Audiencia de Sevilla ha reducido la pena impuesta en 2019 a Miguel Ángel F.D. por agredir sexualmente a una mujer en agosto de 2017 en el Parque del Tamarguillo de la capital hispalense. La pena ha pasado de 12 a 7 años de prisión gracias a la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, conocida como ley del "sólo sí es sí". Miguel Ángel F.D. ya tenía una condena adicional de 14 años de prisión por matar e intentar violar a una mujer en el Parque Amate.
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla indicó en un auto emitido el 28 de marzo que Miguel Ángel F.D. cumple actualmente la pena de 12 años de prisión que le impuso en 2019. La condena incluye la prohibición de comunicarse y aproximarse a menos de 500 metros de la víctima durante 17 años, y la medida de libertad vigilada por un plazo de diez años una vez cumplida la pena privativa de libertad. Además, la Audiencia de Sevilla le impuso una multa de 600 euros y la indemnización de 75,000 euros por las secuelas psicológicas derivadas de los hechos.
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla también recordó que Miguel Ángel F.D. ya había sido condenado en 2006 por la Audiencia Provincial de Mérida a nueve años y seis meses de cárcel por otro delito de agresión sexual. En diciembre de 2018, la Audiencia de Sevilla le impuso otros 14 años de prisión por matar e intentar agredir sexualmente a una mujer en el Parque Amate de la capital hispalense.
El tribunal dio traslado a las partes en febrero de este año para la revisión de la condena de Miguel Ángel F.D. gracias a la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual. La nueva regulación contempla para este tipo de hechos una horquilla de entre 7 y 15 años de prisión, y el tribunal decidió aplicar la pena menor. Por lo tanto, la pena de Miguel Ángel F.D. se reduce a 7 años de prisión y la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima se reduce a 12 años.
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