
Granada, 15 de enero. La magistrada del Juzgado de Instrucción número 9 de esta ciudad ha decidido abstenerse de conocer el caso de Juana Rivas y su hijo menor, una decisión que ha llevado a la suspensión de la tramitación del mismo hasta que la Audiencia Provincial se pronuncie sobre su abstención.
Es importante señalar que esta determinación no afecta a la medida cautelar que adoptó el Juzgado de Instrucción número 4 la semana pasada, donde se decidió suspender de manera provisional la entrega del hijo menor de Juana Rivas al padre, medida que había sido acordada por la Corte de Apelación de Cagliari (Italia) para el 8 de enero. Esta decisión se produjo tras la denuncia presentada por Juana Rivas por presuntos abusos hacia el menor.
Según el auto al que ha tenido acceso Europa Press, y que es susceptible de recurso de reforma, la jueza de Instrucción número 9 recordó que en marzo de 2019, mientras ocupaba funciones en la Sección Primera de la Audiencia de Granada, resolvió un recurso relacionado con la sentencia que condenó a Juana Rivas a cinco años de prisión por sustracción de menores.
En aquella ocasión, la Audiencia Provincial confirmó la condena y redujo la indemnización que debía pagar a su expareja por daños morales, de 30.000 a 12.000 euros. Dado que su implicación en esta sentencia involucra a las mismas partes y hechos muy parecidos, la jueza de Instrucción 9 ha determinado que debe abstenerse en este caso "antes de ser recusada", lo cual ya ha sido comunicado a la Audiencia de Granada.
Con ello, ha decidido suspender el curso del procedimiento a la espera de que la Audiencia Provincial resuelva su abstención. En su auto, la jueza precisó que el caso fue asignado a su juzgado este pasado lunes, y que la defensa de Juana Rivas solicitó que se mantuviera en España la residencia del hijo menor, quien llegó a nuestro país con autorización de la Corte de Apelación de Cagliari, y que debía regresar a Italia el 8 de enero bajo la custodia del padre.
En respuesta a la denuncia de Juana Rivas sobre supuestos malos tratos hacia el menor, el Juzgado de Guardia, específicamente Instrucción número 4, decidió suspender de manera provisional la entrega del menor al padre y se inhibió a favor del Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Granada. Sin embargo, este último no aceptó el caso al considerar que no era competente, devolviendo así la causa al Juzgado de Instrucción número 4. Finalmente, este último envió las diligencias por reparto al Juzgado de Instrucción número 9, que ahora se ha abstenido, quedando a la espera de la resolución de la Audiencia Provincial de Granada sobre este asunto.
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