
SEVILLA, 31 de marzo. En una reciente decisión, la Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado la solicitud del ex presidente de la Junta, José Antonio Griñán, para aclarar una providencia relacionada con las sentencias emitidas tras la anulación por parte del Tribunal Constitucional (TC) de las condenas a varios acusados en el caso de los ERE fraudulentos. Griñán cuestionó si el TC había ido más allá de sus competencias al ofrecer una "interpretación alternativa" de los delitos de prevaricación y malversación, así como si dicha interpretación infringe pautas internacionales en la lucha contra la corrupción.
En una providencia emitida el pasado 27 de marzo, la Sección Primera de la Audiencia anticipa que la magistrada encargada firmó la providencia siguiendo el mismo protocolo ya establecido en este procedimiento. Además, se sostiene que la providencia no es recurrible, ya que “el trámite de alegaciones al Ministerio Fiscal y a las partes personadas es un requerimiento legal”. Concluye que no hay necesidad de aclaraciones, pues el documento ya detalla claramente los temas a discutir.
Este pronunciamiento se produce tras la acción del presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, quien solicitó un informe a los letrados de la corte sobre la capacidad de la Audiencia para elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en este contexto.
La providencia de la Audiencia se emite después de que el Tribunal Constitucional, con una mayoría de siete votos a favor y cuatro en contra, aceptara parcialmente los recursos de amparo presentados por diez ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía que habían sido condenados por la Audiencia Provincial por delitos como la prevaricación y la malversación en relación a la financiación de los ERE fraudulentos.
Entre los exdirigentes socialistas cuyos casos fueron impactados por la decisión del TC se encuentran Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como otros exfuncionarios de alto nivel. La anulación de las condenas ha llevado al Constitucional a ordenar a la Sección Primera de la Audiencia que emita nuevos fallos, tomando en cuenta las directrices legales aportadas por el Tribunal.
En términos generales, el TC ha alegado que tanto la Audiencia como el Tribunal Supremo se habrían desviado de una interpretación correcta de lo que representa el concepto de “resolución” en la administración pública, lo cual infringe el derecho a la legalidad penal contenido en la Constitución Española.
En este contexto, se ha observado una reacción contundente por parte de las acusaciones populares. Tanto el Partido Popular de Andalucía como la organización Manos Limpias solicitaron a la Audiencia que eleve el asunto al TJUE, argumentando que las sentencias interpretativas del TC podrían estar fomentando un entorno de impunidad que obstaculiza la lucha contra la corrupción.
De acuerdo con el PP, estos fallos del TC podrían estar creando un estado de irresponsabilidad entre los exdirigentes socialistas, otorgándoles un nivel de protección judicial que complicaría cualquier proceso judicial futuro. En consecuencia, la Audiencia ha señalado que, al emitir nuevas declaraciones, debe tomar en consideración posibles impactos en el marco legal europeo y su relación con el derecho a la legalidad penal.
La Sección Primera se ha dado un plazo de diez días para escuchar a las partes involucradas sobre un posible planteamiento de una cuestión prejudicial ante el TJUE. Está buscando claridad sobre si el TC ha sobrepasado su función al revaluar las decisiones de los tribunales inferiores respecto a la legislación andaluza de presupuestos de 2002 a 2009.
La Audiencia también se cuestiona si la interpretación del TC pudiera contradecir normas comunitarias y si esta situación podría resultar en una falta de protección de los recursos públicos, afectando la confianza ciudadana en la administración pública y en la adecuada gestión de los fondos estatales. Finalmente, la providencia contempla la viabilidad de que los tribunales ordinarios decidan no seguir las sentencias del TC que, a su juicio, minimizan la gravedad de las conductas de los acusados de corrupción.
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