
GRANADA, 4 de septiembre. La situación de Juana Rivas vuelve a acaparar la atención mediática en Granada, ya que el Juzgado de Instrucción número 4 ha convocado a la madre para que comparezca como investigada el próximo 30 de octubre. Esta decisión surge luego de que la Audiencia Provincial, el 24 de julio, aceptara parcialmente el recurso interpuesto por Francesco Arcuri, padre de sus hijos, en relación a una denuncia por posible sustracción de menores.
La denuncia de Arcuri se fundamentó en el incumplimiento de un acuerdo de custodia, en el que se estipulaba que el menor debería regresar a Italia tras las festividades navideñas. Al parecer, el niño volvió a su país el 25 de julio, después de haber estado con su madre en Maracena. La citación para Rivas está fijada para las 10:00 horas, coincidiendo con la comparecencia de Arcuri como denunciante el 22 de septiembre.
El auto emitido por la Audiencia el 24 de julio, que se dio a conocer un día antes del retorno del niño, señala que Rivas había estado en Maracena desde enero, haciendo caso omiso de las órdenes judiciales previas. La apelación de Arcuri fue revisada tras el archivo que el Juzgado de Instrucción había dictado el 9 de mayo, en la que la madre fue exonerada de las acusaciones de sustracción y maltrato habitual.
La denuncia de Arcuri también incluía alegaciones de maltrato y lesiones psicológicas, pero la Audiencia optó por dejar de lado estas acusaciones y enfocarse únicamente en el tema de la sustracción de menores. Según Europa Press, se dio luz verde a la continuación de la investigación y se citó a Rivas como investigada, mientras que a Arcuri se le ofreció la posibilidad de actuar como perjudicado.
Arcuri, por su parte, ya había llevado el caso a la justicia italiana, argumentando que su expareja había incumplido un orden de la Corte de Apelación de Cagliari para que el niño regresara a Italia tras las vacaciones navideñas.
El auto de la Audiencia también subrayó que el Ministerio Fiscal, que se adhirió parcialmente al recurso, considera que los hechos denunciados podrían encuadrarse como un delito de sustracción de menores, lo que requeriría abrir investigaciones adicionales. Sin embargo, la Fiscalía no encontró suficientes fundamentos para las alegaciones de maltrato psicológico.
La jurisprudencia establece que el delito de sustracción de menores tiene como propósito proteger los derechos de los progenitores y evitar que uno de ellos actúe de forma unilateral. En este caso, se señala que Rivas pudo haber alterado el régimen de custodia determinado por la justicia italiana al retener al niño sin la debida autorización.
La Audiencia decidió no considerar la investigación sobre maltrato, argumentando que no hay evidencias de que Rivas buscara deliberadamente perjudicar psicológicamente al menor. La Justicia ha planteado que los tipos penales relacionados con el maltrato requieren una intención que no ha quedado comprobada en este caso.
Durante el pasado mes de enero, se había suspendido temporalmente el regreso del niño a Italia tras el testimonio del menor, quien mencionó haber sufrido violencia por parte de su padre. Esta situación obligó a las autoridades a investigar las reclamaciones sobre supuestos maltratos, lo que llevó a remitir el caso a la corte italiana para su seguimiento.
En cuanto a su historial, en abril de 2021 el Tribunal Supremo confirmó la condena de Rivas por sustracción de menores. A pesar de haber estado en paradero desconocido con sus hijos en 2017, su sentencia fue rebajada de cinco a dos años y medio de prisión. Posteriormente, un indulto gubernamental redujo aún más su pena a un año y tres meses, así como una inhabilitación sustitutiva para ejercer la patria potestad.
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