Crónica Andalucía.

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Dos individuos sentenciados a prisión por recibir ayudas de los ERE gracias a su relación con Guerrero.

Dos individuos sentenciados a prisión por recibir ayudas de los ERE gracias a su relación con Guerrero.

En Sevilla, el 12 de septiembre, se ha dictado una sentencia significativa en el marco del caso de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE). La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha impuesto penas de 22 y 15 meses de prisión a dos individuos que se beneficiaron de ayudas económicas. Estos fondos, destinados a pólizas de rentas, fueron otorgados gracias a sus conexiones personales con Francisco Javier Guerrero, quien fue director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta y ya ha fallecido. En contraste, tres personas han sido absueltas, incluyendo a dos empleados de la consultora Vitalia S.A. y la hija de uno de los condenados.

La resolución del tribunal, datada el 9 de septiembre y comunicada formalmente el pasado viernes, ha encontrado culpable a Alejandro M.T. como coautor de varios delitos, incluyendo la prevaricación y la malversación. El juez le ha impuesto cuatro años de inhabilitación especial para empleo público debido a su conducta ilícita, además de una condena de un año con diez meses de cárcel. También deberá indemnizar a la Junta de Andalucía con 333.072,07 euros, correspondiente a las sumas que recibió a través de las pólizas en cuestión.

Al establecer las penas, la Audiencia ha considerado la gravedad de las acciones de Alejandro M.T., que buscó enriquecerse con fondos públicos sin justificación, aprovechando su amistad con Guerrero. El tribunal señala que su conducta no solo le benefició a él personalmente, sino que perjudicó a la comunidad, ya que esos recursos públicos debían haber sido destinados a fines lícitos y sociales.

La sentencia también condena a Rafael R.G. por los mismos delitos, aunque le otorga atenuantes por reparar el daño causado y por las dilaciones en el proceso. Así, se le imponen dos años de inhabilitación y un año y tres meses de prisión, además de una indemnización de 91.196,76 euros a la Junta, de la cual se descontará un monto que ya fue consignado en el juzgado.

El tribunal ha tomado en cuenta la disposición de Rafael R.G. para devolver parte del dinero que había percibido, lo cual ha sido visto como un factor positivo para determinar su pena. Desde el inicio de la investigación, se mostró dispuesto a rehacer parte del daño financiero que había causado al erario público.

Los magistrados han dejado claro que Guerrero, al mantener relaciones personales cercanas con los condenados y otros, favoreció a estas personas con recursos públicos sin ningún tipo de procedimiento legal adecuado. El tribunal ha destacado que estos pagos se realizaron sin justificación alguna, beneficiando a individuos que no tenían derecho a ellos, más allá de su conexión personal con Guerrero.

El fallo también describe un sistema fraudulento donde las aseguradoras pagaron directamente a los beneficiarios, evadiendo toda supervisión administrativa y la correspondiente contabilidad pública. Esto permitió la manipulación de fondos destinados a fines sociales, enriqueciéndose solo aquellos con vínculos personales con el exdirector de Trabajo.

El tribunal concluye que las ayudas que recibieron no estaban relacionadas con ninguna regulación laboral o situación económica válida, sino que se dieron meramente por la amistad o proximidad de los implicados con Guerrero, un hecho que ilustra la utilización inapropiada de recursos públicos para favorecer a conocidos personales.

Por último, a pesar de que la consultora Vitalia S.A. estuvo involucrada en la gestión de estas pólizas, el tribunal no pudo comprobar la culpabilidad específica de los dos empleados acusados en dicho proceso. Asimismo, la hija de uno de los condenados fue absuelta al no encontrarse evidencia de que hubiera solicitado ayuda al director general o que se beneficiara de su relación con él.